Expropiación de terreno

Ha llegado una notificación de expropiación del terreno propiedad de mi madre, supuestamente por el paso del AVE. Es su única propiedad y su única fuente de ingresos, ya que tiene una pequeña plantación de olivos, que le da "4 céntimos".
Le convocan a presentarse en el ayuntamiento de la localidad en un mes y algo, con sus escrituras.
Les ruego información para defendernos de esta injusticia, ya que no está en absoluto de acuerdo.
-¿Es normal que avisen tan precipitadamente?
-¿Qué mecanismo tenemos para negarnos?
-¿Qué deberíamos mirar para que no halla "gato encerrado"?.

5 respuestas

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La propiedad privada tiene una limitación constitucional que es la utilidad pública. Mirad a ver si está suficientemente justificada la utilidad pública y el interés social, y entonces no hay nada que hacer más que luchar por el justiprecio, la correcta valoración de la tierra, de los cultivos, de la producción, de esperar a que se recoja la oliva, de si la parte no expropiada es aprovechable, etc.
Si considera la administración que hay necesidad de ocupación, aunque no haya conformidad de tu madre, acuerdan la necesidad urgente de ocupación y no tienes otra cosa que hacer.
Bueno, entonces veo que será inevitable la contratación de un abogado, ¿verdad?. Y ya que te expropian, ¿el estado suele cumplir con la obligación de pagarte justamente por todo,¿o suelen buscar pagarte lo mínimo?.
Por cierto, al pagar a un abogado por este asunto (asesoramiento y seguimiento), ¿qué sería justo, un tanto % de los beneficios, o acordar unos honorarios?. Imagino, que un abogado debe tener claro que pasos hay que dar, y que pasos obligatorios debe dar el estado en compensación al expropiarte.
Saludos.
-Rafael P.- (Baleares)
Muy bien, y muchas gracias
La administración te fijará un precio, si no estás de acuerdo, recurres al Jurado Provincial de Expropiación forzosa, y si no estás de acuerdo, puedes acudir a la vía judicial.
Calcula cual puede ser el precio justo, y según la diferencia que haya, quizás no te interese meterte en abogados. Si la diferencia que tu estimas que vale la tierra y los olivos y lo que te dan es mucha, si que te merecerá la pena.
Normalmente el sistema de honorarios, marca unas normas, las de Zaragoza (mi colegio) son unas 96.000 + IVA por la vía administrativa y 72.000 por la vía judicial. Calculando la diferencia entre tu estimación y la de la administración.
Hay otros abogados que trabajan por cuota litis, es decir, un porcentaje de lo que se obtenga, pero ojo, de lo que se obtenga de más.
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Ante la precipitación de la expropiación os sugiero que acudáis a un abogado experto en urbanismo y expropiación forzosa de tu localidad/ comunidad, puesto que parece que no están cumpliendo todos los requisitos necesarios para una expropiación, puesto que se debe de conceder un plazo de alegaciones para poder defenderse ante la expropiación y para que, en el caso extremo de que se expropie, se os indemnice por la cuantía máxima.
GRACIAS.
Si no se cumple el fin por el que se expropia, podéis interponer una demanda contencioso-administrativa donde se declare que las tierras vuelven a vuestra propiedad
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Una expropiación por motivos públicos difícilmente se puede pelear. Ahora bien, hay un proceso de valoración, en el cual ustedes pueden oponerse o alegar lo que les convenga. Si finalmente no están de acuerdo con lo que diga la Administración que les expropia siempre quedan los Tribunales. Lo de la precipitancion no significa nada extraño. Busque asesoramiento legal, es lo mejor que puede hacer, el tema de expropiaciones forzosas no es sencillo para quien carece de conocimientos jurídicos especializados en esos temas. Suerte.
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Me temo que no existe posibilidad de negarse, puesto que la ley así lo contempla, por lo que la Constitución llama " la función social de la propiedad", por lo que todas las propiedades que tenemos están sujetas al hecho de que la Administración las necesite para algún asunto de interés general.
Lo que si deben comprobar en que norma se ha decretado " la utilidad pública o interés social" de dicha expropiación. Tiene que estar recogido en alguna norma que seguramente en la notificación se la mencionan.
Existe el derecho a indemnización por parte del titular de la propiedad, y aquí si su madre no está de acuerdo con el Precio que la Administración estipule, puede recurrir.
Si se trata de una obra pública debe haber muchos más afectados por la expropiacion; intenten ponerse de acuerdo para recibir un justo precio
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Cartagena, 29 de julio de 2004
Estimado D. Rafael,
Le damos las gracias por la confianza depositada en este despacho para realizar su consulta.
Sentimos comunicarle que este despacho solamente atiende consultas a través del formulario habilitado a este efecto en nuestra página web http://www.tuletrado.com/web/index.php/tuletrado/edit/1251/1 (dentro de www.tuletrado.com el apartado consulte a un abogado) o a través de una cita en nuestro despacho de Cartagena que puede concertar en el teléfono que aparece en el pie de página de este correo.
No obstante le advertimos que por motivos de actualización de nuestra web, los servicios que proporcionamos no podrán ser atendidos hasta el día 10 de agosto del presente.
Sin otro particular, aprovechamos la ocasión para saludarle atentamente y quedamos, pues, a la espera de sus noticias.

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