Juicio verbal

Hola. Tras presentar un moritorio si la parte demandada se opone y vamos a juicio verbal
Suponiendo que esa parte demandada paga la deuda días antes de juicio, si yo hubiera contratado abogado, ¿yo ya no podría recuperar el dinero que hubiera adelantado a mi abogado por las gestiones que este hubiera realizado?
Otra consulta. Leo en varios sitios que para reclamar la devolución de la fianza de un apartamento de veraneo es mejor el juicio ordinario que el moritorio, ¿cuál es su opinión?

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Si que lo recuperará, entendiendo que está ud. reclamando una cuantía superior a los 2.000 euros (cantidad que la Ley le exige acudir a la vía judicial con abogado). El hecho de consignar no suspende la vista señalada, que acabaría con sentencia presumiblemente condenatoria. La suspensión y finalización del verbal sólo se produciría en caso de manifestar allanamiento la parte demandada, y aún así también sería condenada en costas al haber sido requerida anteriormente de modo fehaciente, como lo es el monitorio.
En cuanto a la segunda cuestión quizás se escapa algo de mi marco como experto, pero desde mi punto de vista no veo porqué es mejor el ordinario. Este procedimiento es más costoso en todos los sentidos y alargado en el tiempo. El monitorio puede terminar más rápido si el demandado paga la cantidad o no lo hace ni se opone, ya que se transformaría en una ejecución directa. Si se opusiera entonces se resolvería definitivamente en el juicio que proceda (verbal o ordinario).

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