Pago impuestos

Buenas tardes
En Marzo de este año compré un piso de nueva construcción y hoy en día he recibido el impuesto de la tasa de basuras, servicio que llevan prestándonos desde Mayo. Según he leído en las bases dice ' las cuotas se devengaran el día primero de cada ejercicio' y me surge la duda de si ésta tasa la tengo que pagar yo como propietario o la constructora que al fin y al cabo y hasta el 01 de Marzo era la propietaria del piso.
Muchas gracias
Un saludo

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El título constitutivo de su propiedad, es decir, la escritura ha de contener una cláusula en el que dice que la vivivienda "se entrega libre de cargas y al corriente en el pago de tributos".
Efectivamente la obligación de los impuestos de cualquier tipo nace el día 1 del año del que se trate, independientemente de que el organismo correspondiente se lo gire al obligado tributario en una u otra fecha. Lo más normal, es acordar con el nuevo propietario el abono compartido, es decir ellos pagan la parte proporcional de los meses que la vivienda estuvo sin vender y usted el resto.
Con la ley en la mano, si usted no acordó expresamente con la inmobiliaria como se abonaría el recibo, quien ha de pagarlo son ellos, pero nos encontramos con el siguiente problema.
Ellos no lo van a pagar, eso ya se lo adelanto. El Ayuntamiento o Diputación que emite el recibo, al ver que no se abona, genera un recargo por intereses y vuelven a remitirselo. Usted no lo abona, y se inicia un expediente de expropiación por vía ejecutiva contra su vivienda porque el impuesto grava la vivienda no las personas sean físicas o jurídicas. Por consiguiente esa senda no es la correcta.
Yo le aconsejo que abone usted el recibo y acto seguido si está dispuesta a llegar a las últimas consecuencias -que ya se que no es por 50€ sino por una cuestión de dignidad-, se les remite un Burofax con certificación de Texto y Acuse de Recibo a la dirección de la inmobiliaria, requiriéndoles para que en el improrrogable plazo de 30 días, contados a partir de la fecha de recepción de dicho documento, procedan al reintegro de X€ o se verá en la desagradable tesitura de proceder judicialmente contra ellos.

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