Embargo cuenta nomina

Mi hermano recibió en febrero un notificación de embargo nomina por el impago de un año del alquiler de una vivienda. En esa fecha estaba ingresado con invalidez permanente y en espera de la absoluta. Esta en un residencia privada desde el 01.07 y de forma definitiva. Nos ha llegado otra notificación al respecto. Necesitamos saber que importe levan a embargar y si podemos hacer algo al respecto pues que su pensión es para el pago de la resdienca e incluso tenemos que poner dinero la familia. En la carta pone que le retienen de su empresa, ¿pero el ya cobra de la SS una pensión. Es correcto que le quiten un 60% que me han dicho que puede ser? ¿Qué debemos hacer?

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El salario mínimo (640 euros) es inembargable, la cantidad que exceda de ésta solo en parte
Así de los siguientes 640 euros solo podrían embargar un 30%
Por lo que nunca podrán embargarle el 60% de la pensión
Eres muy amable. Menudo alivio. Mira a el por la permanente le han quedado 1168 euros de pensión, (el 75%.)Esta esperando la absoluta e ingresado en una residencia. Entiendo que debo restar 640 menos 1168, y quedarían 528 euros, de los cuales me dices que le retendrían un 30%, ¿siendo este resultado uníos 158 euros Te más o menos?
Te quiero preguntar otra cosa unida a este tema: su hija de 25 años reclama 180 euros que en su día tenias arreglado pero ahora se los reclama a mi padre, su abuelo. ¿Le corresponde legalmente alguna cantidad de la pensión de mi hermano a ella si cumple 25 en octubre y ya ha tenido algún trabajo con contrato? La pensión he de decir que ni nos llega para pegar la residencia y mi sobrina nos amenaza con reclamarla vía judicial. En fin, estas cosas de la vida. Reclama dinero pero no quiere saber nada de su padre.
Muchas gracias por tu ayuda, tanto si puedes ayudarme con esta nueva consulta con si no.
Saludos de una persona muy agradecida.
En cuanto a la cuantía de embargo es correcto su cálculo
Respecto a la pensión que reclama la nieta, si está trabajando no puede pretender obtener dicha pensión, en todo caso a quien tiene que reclamar la pensión de alimentos es a la madre antes que al abuelo
Al encontrarse mi hermano en una residencia por tener problemas mentales y necesitar la pensión para el pago de la misma., ¿No es motivo este legal de exclusión del pago de la pensión alimenticia a su hija? Ella vive con mi padre porque su madre no tiene ni casa ni trabajo.
Gracias.
El límite a la obligación de dar alimentos está en las propias necesidades del alimentante, no es una cuestión sencilla de decidir y a la hora de valorar hay que estar a los dos intereses en juego
Si la cosa va a más deberá ser el juzgado quien realice esa valoración y determine si existe o no obligación y en que cuantía

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