¿Divorciada?

Suena absurdo, pero realmente no sé, si ya estoy divorciada, si me falta algún tramite más, si me puedo volver a casar...
Me separé legalmente y de mutuo acuerdo en el 2004, en el año 2007 mediante una página de internet, tipo "divorcios.com" reanudamos el papeleo y firmamos la ratificación cada uno, en los juzgados de su ciudad: "... Que conoce el escrito en petición de divorcio de su matrimonio, así como el convenio regulador que lo acompaña..."
Y hasta ahora, ninguna noticia más... ¿falta algún papeleo? ¿Ya estoy divorciada?
Gracias, un saludo

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1
Querida (xxxxxx):
Para divorciarse (al menos en el estado español) se necesita un abogado y un procurador, al cual has tenido que abonar honorarios (o no, si lo has tenido del turno de oficio). En cualquier caso, es la persona que en todo momento debe apoyarte en todos los sentidos, así como resolver las dudas y preguntas que te plantees. El asesoramiento se debe producir hasta la completa satisfacción o solución del asunto encomendado.
Si por el motivo que sea no te es posible contactar con el abogado, tienes otra opción. Dirígete al mismo Juzgado donde firmaste la ratificación para conocer el estado del expediente. Si te es posible, acude con algún papel de ese Juzgado, porque allí aparecerá el número del procedimiento. Si no dispones de ninguno tampoco te preocupes, porque se pueden buscar los registros por tu nombre, normalmente informáticos.
El extremo que me confunde es cuando dices que firmamos la ratificación cada uno en los juzgados de su ciudad, porque el 99% de las ocasiones la ratificación la realizan ambos cónyuges el mismo día y en el mismo Juzgado. Sólo ante una situación poco común, justificada, podría haberse ratificado uno de vosotros en otro Juzgado.
En cuanto al papeleo pues son pocos los que se necesitan: un certificado de matrimonio y de los hijos (si ha habido) o libro de familia; un documento para acreditar la "competencia territorial", normalmente un certificado del padrón del último domicilio que fue conyugal (este documento podría no ser necesario, según diversos supuestos) y un convenio regulador firmado por los dos.
Espero haber satisfecho tu duda. En caso afirmativo.
Nosotros contratamos los servicios de una página de internet, y nos asesoraron hasta firmar la ratificación y exactamente me dijeron "ya estás divorciada", desde entonces se han desentendido... y cómo no tengo más documentos que la separación y luego la ratificación, no sé si me tienen que volver a llamar del juzgado o enviarme algo... pero desde junio de 2007... como realmente esto no me afecta, lo he dejado pasar, pero sí me gustaría saber en qué situación estoy...
Firmamos cada uno en su ciudad, no por nada particular, por tema de trabajo y desplazamientos, a ninguno nos venía bien y aunque nos dijeron que se tardaría más, no había problema, él firmó en los juzgados de Elche y luego me citaron a mí en los juzgados de Móstoles.
Gracias, un saludo
Ui ui ui, que rarito veo esto.
Cuando dices que tienes la separación y la ratificación, ¿qué es lo que tienes en concreto? Si quieres, puedes enviarme una copia escaneada a [email protected].
Si tienes en la mano un acta de ratificación (hecha en el Juzgado), ese Juzgado es el que debe conocer del asunto, e indicará el número del expediente. Si te diriges a ese Juzgado y una vez te identifiques deberán darte la información que solicites. Si te dicen que estás divorciada pídeles una copia de la sentencia. También podrías ir al Registro Civil y ver si en tu registro de matrimonio consta inscrito el divorcio.
Por parte del Juzgado ya no tienen que avisarte para nada. Sólo hay que ir una vez para ratificar el convenio. Las dos o tres comunicaciones previas y la sentencia posterior se hace a través del procurador (que por cierto, ¿firmaste un poder; firmaste una apud-acta? Lo digo porque el procurador es imprescindible y no veo que menciones esa figura.
Ya me contarás.
Pues tengo el acta de ratificación firmada en el juzgado de Móstoles...
En este acta sí viene:
Número de Identidficación único: 28092... (supongo que es el número de expediente que me dices)
Procedimiento: EXHORTO 25/2008
Procurador: SIN PROFESIONAL ASIGNADO
Pues como dices tendré que pasarme por el juzgado a preguntar, porque procurador veo que no he tenido... y nadie me ha comunicado la sentencia...
Gracias, un saludo
Beatriz
El identificador único es un número genérico, que no nos sirve. El procedimiento exhorto sí que indica algo. Me dice que el procedimiento no se lleva en Móstoles, por lo que si preguntas no te responderán sobre si estás o no divorciada, el trámite pendiente o si hay o no sentencia. Los Juzgados no pueden acceder al contenido de expedientes de otros Juzgados (es como si fueran tiendas diferentes de un gran centro comercial; juntas y quizás vendiendo lo mismo pero independientes). Lo que sí podrán indicarte es de qué población procedía ese exhorto (es una comunicación entre Juzgados), qué número de Juzgado lleva el caso y cuál es el número del expediente. Con esa información en la mano podrías intentar una excursión para obtener información, si no está muy lejos, o intentarlo telefónicamente, aunque lo normal es no dar información por este canal por motivos obvios de protección de datos.
Muchas gracias, por lo que me dices, ya me queda claro, que entonces el expediente está en los juzgados de Elche, porque primero firmó él y luego los mandaron al de Móstoles...
Sólo me queda, hacer esa excursión a los juzgados de Elche... vaya tela...
Muchas gracias de nuevo
Yo lo intentería por teléfono. Primero iría a Móstoles (lleva la copia de ese papel que dice exhorto) y preguntaría qué número de Juzgado de Elche es el de procedencia de ese exhorto y el número del procedimiento de divorcio. Luego buscaría el teléfono que corresponda y preguntaría si ya hay sentencia. No intentes mucha información porque no te la darán y se "mosquearán" porque haces demasiadas preguntas. No es que no tengas derecho a ello, por supuesto que sí, pero por teléfono no saben con quien hablan. Si te dicen que sí podrías preguntar si se han acordado (mejor dicho, si les consta, no sea que despiertes sensibilidades) de haberlo comunicado al Registro Civil.
Según te digan (si tienes suerte) sabrás si ya ha habido sentencia o no. Caso que sí haya sentencia podrás pasarte cuando quieras (siempre con DNI) y pedir una copia de ella.
Suerte.
(Recuerda puntuar si no tienes más preguntas)

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