¿Mencionar moroso alquiler en un foro?

He tenido un inquilino moroso, al cual no llegué a denunciar. ¿Existe alguna ley que me prohíba decir en un foro que esa persona no ma ha pagado y que he tenido quejas de los vecinos por ruidos?

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En principio no, pero podría demandarte porque estarías vulnerando su privacidad al dar su nombre y demás datos personales, así que no te lo recomiendo. Es mejor que te ahorres problemas evitables y procedas acorde a la ley para reclamar la deuda.
Por lo que me dices, con estas cosas hay que ir con cuidado...
Me recomiendas que proceda de acorde con la ley para reclamar la deuda, de esta manera no estaría incurriendo en nada ilegal...
Hasta ahí, todo claro, pero ¿cómo puedo informarme más profudamente para saber hasta que punto puedo hablar sobre una persona sin vulnerar su privacidad y así no estar haciendo nada ilegal? ¿Cómo puedo saber donde está el límite?
Gracias, por tu ayuda, un saludo.
El límite está en las garantías que otorga la ley, sobre todo en las normas constitucionales. Está bien que tenés un derecho, pero el derecho a la intimidad de la otra persona también existe. Tu derecho a cobrar una deuda no justifica vulnerar el derecho del otro. Ahora si tenés la certeza que la persona se dedica a estafar gente habitualmente, podes publicar su nombre y foto, pero de hacerlo te recomiendo que lo hagas de manera anónima y hagas la publicación en cadena como para que haya la mayor cantidad de gente que divulgue la información y no sepan de quién surgió la idea. Pero si vos sólo tenés el problema o no sabés a ciencia cierta si no sos el único, no te recomiendo hacerlo porque te podrían descubrir o por lo menos ser el único sospechoso de esta obra. Eso sí, si te decidís a divulgar su información de cualquier manera, por lo menos hacelo desde un cyber y lejos de tu casa, por el tema de la IP, que no te rastreen a tu casa. No lo hagas desde tu casa porque prácticamente les decís "aquí estoy! Vengan a buscarme!".
En caso de que el tipo te demande por vulnerar su intimidad, el hecho de que tiene una deuda con vos no significa que todo el mundo lo tenga que saber, ya que podrías innecesariamente causarle un daño mayor del que vos tenés con la deuda. Y créeme, el derecho a la intimidad es un derecho reconocido constitucionalmente e incluso en los Tratados Internacionales de Derechos Humanos, por lo tanto es un derecho de mayor jerarquía que el tuyo de cobrar la deuda que es reconocida en el Derecho Civil, que tiene menor rango que la Constitución Nacional, ya que la Constitución Nacional se ubica en la punta de la Pirámide de Kelsen(lo que decimos en Derecho)y es la Ley Fundamental, o sea superior a todas las leyes. Y por eso, en un eventual juicio que te haga por esto, tenés todas las de perder, y la indemnización que le tengas que pagar va a ser seguramente superior a la deuda que él tenga con vos. O sea, todavía le terminás debiendo guita vos a él! Eso sin perjuicio a que vos le puedas ganar el juicio civil por el tema de tu deuda, pero esa guita se la vas a tener que devolver para pagarle el otro juicio.
Ahí está el límite. De todas maneras el límite depende mucho del caso concreto y de las circunstancias, con lo cual puede variar, pero cuando te metés con alguien afectando derechos constitucionales ya estás en la boca del lobo. No te quiero asustar, puede que la otra persona no pueda demostrar que le causaste el daño y vos ganes, pero no te recomiendo probar "de qué va". Mejor quedate con la duda y será mejor que sigas siendo acreedor y no deudor.

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