Embargo nomina

Hola:
MI pregunta trata sobre una orden de embargo de mi nómina por parte de la Diputación Provincial. Ha llegado un aviso a mi empresa para que me embarguen mi nómina, pero trabajo a media jornada y no llega al SMI, con lo que van a contestar que no pueden embargarme nada
¿Esta orden es obligatorio ejecutarla en el futuro en caso de que cambien mis condiciones laborales y sí cobre más que el SMI? ¿O sería necesaria otra orden en ese caso?, ya que este requerimiento no habla de posibles cambios en mi situación, sino que se limita a pedir que si no lego al SMI se les aporte documentación justificativa.
Gracias.

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Pueden luego requerir a la empresa de que informe de posibles cambios en la situación salarial, por lo que la empresa estaría obligada a ello

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