Conciliación sin efecto

Hola, buenas tardes. Primero que nada agradecer el servicio tan efectivo que prestan. Segundo pedir disculpas si soy demasiado insistente, o por las molestias que puedo ocasionar.
Es que esta semana hemos ido a la conciliación laboral con la Juna Territorial de Trabajo de Soria. Lo cierto es que no se presento ninguno de los titulares de la empresa, ni el representante de la gestoría, por lo cual la conciliación ha quedado sin efecto y hemos debido pasar a lo judicial.
Lo que quiero saber es: Si en esta instancia judicial solo puedo pedir los haberes pendientes, o existe la posibilidad de solicitar extras por los gastos que me esta ocasionando la demora y las comlicaciones que suponen sus "ausencuias"; lo cierto es que cada instancia de mediación que se puede presentar, la empresa la usa como excusa para no presentarse y complicar las cosas.
La ultima instancia fue esta conciliación del día 18 de febrero, luego de recibir la citación de conciliación el dia10/02, inmediatamente presento una denuncia por hurto y coacción en la Guardia Civil.
Y por otra parte, me preocupa que cada vez que hay que enfrentarse a las instituciones, mi ex jefe antepone su enfermedad como motivo de mala situación económica y como excusa para no presentarse. Concretamente la ultima vez, el 18 febrero, alego tener cita media en Pamplona.
Por otra parte, dice pasar una mala situación económica, pero luego de haber despedido a tres empleados en la empresa, dos indefinidos y un temporal, a los 20 días había dado de alta a cuatro nuevos empleados. Esto em lo dijeron desde la Inspección de Trabajo de Soria.
¿Qué más podría Hacer? ¿Esto pude tenr un buen fin? ¿O seguirá teniendo oportunidads legales para excusarse y no pagar?

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La ley de procedimiento laboral prevé la posibilidad de condena en costas a la parte que no se presenta a la conciliación si la sentencia que en su día se dicte os da la razón en los mismos términos en que planteasteis la conciliación
Esto lo debéis pedir y alegar en la demanda
Igualmente debéis pedir el devengo de intereses de la cantidad reclamada desde el momento de la reclamación
En cuanto a los intereses devengados desde la reclamación hay algún baremo estipulado. ¿Cómo se pueden calcular estos intereses? El paso a intervención judicial a sido con abogados de oficio a socilitar por mi parte en los juzgados de Soria. ¿Entiendo qué a partir de que se asigne un abogado de oficio debo asesorarme con el verdad?
Este es un servicio ademas de eficiente, muy valioso.
Las respuestas siempre han sido muy especificas y muy esclarecedoras.
Ademas de darnos tranquilidad, nos estáis brindando un asosesoramiento eficiente.
Muchas gracias! La satisfacción y el agradecimiento no quedan del todo reflejados en estas palabras de agradecimientos.

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