Cambio catrastro

Buenas,
Le expongo el caso:
En 1999 se compra un local, que se vende en el 2010
El vendedor ha recibido una notificación del Catastro de "Acuerdo de alteración de la titularidad".
En la cual indican, que vista la declaración Modelo 901n, (supongo presentada por el comprador) acuerdan INSCRBIR la titularidad acreditada desde 1999, e indicando como Titular el VENDEDOR.
Por lo que he podido averiguar, es como si el Catastro, NO tuviera entre 1999 y 2010 dado de alta el titular. Y sería el paso previo al nuevo cambio de titular (2010)
¿En caso de ser así, y en relación a la compra-venta que se realizo en 1999, es el Notario quien ha de informar al catrastro? ¿Sería responsabilidad suya?
Muchas gracias anticipadas.
Saludos

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La responsabilidad es de las partes de la compraventa, que para ello han de presentar los modelos de declaraciones que se encuentran en la Gerencias Territoriales, y en la web del Catastro, en el año 99, aun no existía siquiera ( salvo error mio), la obligación de aportar certificado catastral a la escritura de compraventa.

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