Declaración obra nueva

Buenos días,
El pasado Diciembre compramos un inmueble en el que la terraza de la parte superior de la vivienda está cerrada ( hicieron habitación) y no declarada como metros útiles de la vivienda, nos gustaría que constasen como metros útiles inscritos.
¿Qué procedimiento hemos de seguir para inscribirlos?
¿Nos pueden obligar a tirar la habitación si la obra no ha sido realizada por nosotros, es decir, los actuales propietarios?
Es una habitación de 30 metros cuadrados aprox., ¿coste aprox. De la inscripción e impuestos que lleva?
Esperamos su respuesta, muchas gracias.

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Entiendo bastaría con que hicierais la escritura de declaración de obra nueva y la llevarais a inscribir. En cuanto a costes, no te puedo decir, pero tienes que contar con el certificado de arquitecto técnico, más la escritura en Notaria más gastos de inscripción.
Gracias por la rapidez,
vamos a intentar inscribirla porque no quiero tener problemas, me sorprende que en el informe de tasación que me realizaron no incluyan advertencia alguna sobre ésto, simplemente se limitaron a no contarlo como metros útiles de la misma.
Por favor, podrías aclararme si pueden hacernos tirar la habitación, ya que pagar por inscribir algo que ya está hecho me parece correcto porque lo quiero subsanar, pero si me hacen obrar para tirar algo que los antiguos propietarios realizaron me sentaría fatal y me tendría que meter en juicios con los dueños anteriores y no quiero eso.
¿ me pueden multar /sancionar? ¿Puedo reclamarle yo algo a los antiguos propietarios? ¿Si no se inscribe la obra, ésta prescribe? Gracias, saludos.
A ver no te puedo decir nada más, porque para contestarte a si es legal o no la obra, debería estudiar toda la documentación tanto del edificio como del piso. En cuanto a la reclamación a los antiguos propietarios, esta tendría lugar, si a ti te reclamara un 3º por la obra realizada por quién te vendió. La inscripción de la obra no tiene nada que ver con una posible prescripción de la obra, es más administrativamente ( Ayuntamiento), lo más seguro es que si se inició algún expediente, éste ya este caducado, pero cuestión distinta es la vía civil que pudieran iniciar los vecinos de la finca. Sin saber nada más, no se puede indicar otra cosa.

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