Silencio administrativo

Buenas tardes, me dirijo a usted para que me informe de los pasos a seguir referente al siguiente tema;
Presente un recurso en la dirección general de registradores y notarios contra la calificación negativa de una escritura de opción de compra sobre una vivienda por alegar que era pacto comisorio. El registro de la propiedad se encuentra en una provincia que no es Madrid y yo lo presente en madrid.
Han pasado 3,5 meses y no me han contestado y no se los pasos a seguir. Me han dicho que tengo que interpones una demanda en el juzgado pero no se de donde y de que tipo. Tampoco se si es en el juzgado de la provincia donde se encuentra el registro tengo que ir personalmente o puedo mandarlo por mensajero...
Muchas gracias de antemano por atenderme.
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En este enlace tiene toda la información sobre el recurso contra la resolución del registrador y la demanda que se debe presentar contra la desestimación expresa o presunta: http://www2.mjusticia.es/cs/Satellite/es/1200666550200/Tramite_C/1215328147481/Detalle.html
Las resoluciones expresas y presuntas de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en materia del recurso contra la calificación de los Registradores, serán recurribles ante los órganos del orden jurisdiccional civil, siendo de aplicación las normas de juicio verbal. La demanda deberá interponerse dentro del plazo de dos meses, contados desde la notificación de la Resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado o, tratándose de recursos desestimados por silencio administrativo, en el plazo de cinco meses y un día desde la fecha de interposición del recurso, ante los juzgados de lo Civil de la capital de la provincia a la que pertenezca el lugar en que esté situado el inmueble y, en su caso, los de Ceuta y Melilla, para los recursos frente a los Registradores de la Propiedad, y ante los juzgados de lo Mercantil de la capital donde radica el Registro para los recursos frente a los Registradores de lo Mercantil.
La demanda deberá presentarla por medio de abogado y procurador
En este otro enlace tiene más información en función de la materia a que se refiera la actuación del registrador: http://www.notariosyregistradores.com/PERSONAL/PROPIEDAD/recursos.htm

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