Accidente de trafico

Hola joseamart, a ver si me puedes contestar por que estoy totalmente liada. Tuvimos un accidente de trafico el 24 de julio de 2010, con las siguientes lesiones:
Mi marido: cervicalgia postraumática, con contracion de la musculatura paravertebral cervical. Trabaja como peón especialista en la construcción, en el momento del accidente y actualmente en situación de desempleo, con prestación. Ha estado de baja medica hasta el 10 de septiembre.
Mi hijo de 5 años: erosión longitudinal en región cervical anterior por cinturón de seguridad. Dolor a la palpación intercostal en hemitorax izquierdo. Collarín cervical, hasta el alta el mismo día, en la urgencia. Rx sin hallazgos. Actualmente tiene trastornos del sueño no quiere dormir solo porque tiene miedo y cualquier ruido medianamente fuerte le sobresalta y se asusta, tampoco conseguimos que vaya solo al cuarto de baño y se ha vuelto a hacer pis por la noche. Lo único que podemos conseguir es el informe de su pediatra para los peritos, porque a los niños no se les da la baja medica.
Y por ultimo yo: Rectificación de la lordosis cervical, cervicalgia postraumática, contusión esternal. El medico de la mutua me remitió a rehabilitación a cargo de la mutua, llevo 20 sesiones y continuo.
Y ahora viene la mega pregunta. En el momento del accidente ya estaba trabajando en una residencia de ancianos, soy aux. De clínica, y mi contrato terminaba el día 30 de este mes. Mi jefe me comento que me iban a prorrogar el contrato hasta el 15 de diciembre, pero me tengo que incorporar antes del 30 de septiembre y tal y como esta el trabajo este como este me tengo que incorporar como sea. He llamado a la mutua por el tema de las indemnizaciones y no hay forma de aclararse con los días impeditivos y los no impeditivos. Voy a seguir con la rehabilitación aunque solicite el alta para poder trabajar, que haré lo que pueda. ¿Son impeditivos hasta el día del alta, puesto que no puedo movilizar a los pacientes, y después de incorporarme son no impeditivos hasta que acabe con la rehabilitación?. Tengo la tabla de los baremos de indemnizaciones ¿podrías decirme como seria también la tarificación de las lesiones y días de baja de mi marido así como las del niño, para poder hacer el calculo?
De verdad que no es por el afán de tener mayor indemnización sino de no ser engañados por la mutua, que ya nos han engañado con el coche, pero esa es otra historia y ya no tiene solución. Perdona por no poner los acentos pero no se que le ocurre al ordenador cada vez que quiero acentuar me sale este signo ç.
Muchas gracias de antemano y disculpa que sea tan largo, no sabia como reducirlo más.
Un saludo
Respuesta
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Al darte de alta, aunque hagas rehabilitación, probablemente la compañía de seguros se negará a considerar esos días como impeditivos o no impeditivos, considerará que al estar de alta ya no son días de baja
Respecto al resto de indemnización, para su cálculo es imprescindible un informe pericial de valoración de secuelas, que ha de realizar un médico especializado en valoración del daño corporal, si presentas denuncia ese informe lo realizar el forense, y si no lo haces deberás acudir a un médico privado
Los abogados no podemos valorar secuelas porque no tenemos los conocimientos necesarios para ello, si no que tenemos que acudir a ese informe para poder calcular la indemnización
Como comprobarás en esas tablas hay unos puntos, a los que se le aplica una cuantía, el informe pericial lo que hace es calcular la puntuación en función de las secuelas
Igualmente ese informe realiza una estimación de días de baja impeditivos y no impeditivos
Mi recomendación es que acudas a un abogado especializado en accidentes de circulación, la indemnización que obtendrás siempre será superior a la que te ofrezca la compañía de seguros
Muchísimas gracias, te vamos a hacer caso y vamos buscar un abogado especializado, solo por que sean justos y no nos tomen más el pelo. Un saludo muy fuerte y gracias otra vez por ayudar a neófitos como nosotros.

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