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Hola, hace unos meses te conté un problema que tenía con el ayuntamiento de mi pueblo, de que me hizo un fontanero una obra de acometida de saneamiento nueva, obra encargada por el ayuntamiento, que según una ordenanza municipal, el coste de la obra la paga el particular o beneficiarios. Tras hacer la peritación la factura está inflada el doble del valor real. El tema es que el ayuntamiento hizo un pleno y acordaron la resolución de que si no pagaba me cortaban el agua. He ido a ver el expediente administrativo al ayuntamiento y resulta que no existe, y me amenazan que si actúo con abogados por mi parte que me cortan el agua. Todo son amenazas y veo algo oscuro detrás de esto, pero como que ellos no pueden hacer nada más que hacerme daño, y el fontanero por su parte a mi no me reclama nada. ¿Es obligatorio el expediente administrativo para realizar cualquier obra aunque sea a costa mía? ¿Qué se puede hacer si no existe tal expediente? ¿Debo dejar las cosas como están? Gracias

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La admininstración está obligada a tramitar expediente administrativos de toda actuación que realice, (contratos, concesiones, reclamaciones etc), necesariamente han de tramitar un expediente para tramitar una obra
En caso de que no exista ese expediente, si le cortan el agua por no haber pagado la factura esa, usted podrá presentar primero reclamación al Ayuntamiento y luego demanda judicial, el juzgado entonces reclamará el expediente administrativo, y si no existe se pueden meter en un lio
Lo de seguir adelante o no es algo que debe decidir usted

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