Certificado final de obra-retraso entrega vivienda

Compramos una vivienda en Marruecos sobre plano en junio de 2007. Durante 16 meses fuimos entregando dinero a cuenta + paga y señal y, supuestamente, nos entregarían la vivienda pasado ese tiempo (octubre de 2008), aunque el contrato pone que el PLAZO DE CONSTRUCCIÓN es el 01 de diciembre de 2009.
Llegada la fecha y sin tener noticia alguna del estado de la obra, enviamos burofax a la promotora para resolver el contrato por incumplimiento en el plazo de entrega y ahora ellos nos dicen que poseen el certificado final de obra y que no han incumplido el contrato.
Les explico que el contrato pone literalmente:
Plazo de construcción: 1 de diciembre de 2009
La compraventa se otorgará en escritura pública a requerimiento de cualquiera de las partes, una vez emitido el Certificado de Fin de Obra por la Dirección Facultativa, aún cuando la fecha sea anterior a la fecha de previsión de fin de obra antes indicada..
.. El incumplimiento de la parte vendedora, especialmente en lo referente a su obligación principal de construcción y entrega del inmueble, facultarán a la parte prominente compradora, a optar entre el cumplimiento o la resolución, con derecho a la devolución, sólo en caso de optar por la resolución, de las cantidades entregadas más los intereses legales correspondientes hasta la efectiva devolución.
En su web hay fotos del mes de noviembre y la obra está en fase de construcción pero no están terminadas ni las viviendas por dentro, ni la fachada, ni siquiera están las ventanas puestas, ni la urbanización exterior. ¿Cómo pueden haberles concedido un certificado final de obra en esas condiciones? Nosotros creemos que aún tardarán unos 2 o 3 meses en parecerse algo a lo que llamaríamos "vivienda"
Según las palabras del contrato yo estaría en mi derecho de pedir la escrituración pero es imposible que se haga por no tener la cédula de habitabilidad. ¿Tengo derecho a resolver el contrato? ¿Encuentran abusivo la ambigüedad de las palabras en el contrato en referencia a la fecha de entrega?
¿Qué puedo hacer? Nosotros ahora no queremos la vivienda.
Muchas gracias anticipadas y un saludo
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Como dice la cláusula que indicas "La compraventa se otorgará en escritura pública a requerimiento de cualquiera de las partes,[...]" la mejor opción es que cites a la empresa constructora a través de requerimiento notarial para que se lleve a cabo la firma el día y hora que escojas.
Si falla a ese requerimiento estaría incumpliendo ese punto y con ello puedes instar la resolución del contrato y si la señal se entregó conforme al 1.454 del Código Civil pedir que se te devuelva lo entregado hasta la fecha por duplicado.
Ante todo, muchas gracias por la respuesta pero, ¿no hay una manera más sencilla de resolver el contrato? Entienden ustedes que, con los párrafos que les he aportado, ¿están incumpliendo el contrato? La promotora afirma que dispone del Certificado Final de Obra pero que hasta las escrituras van a tardar 2 meses más o menos pero que no están incumpliendo el contrato y se niegan a devolverme el dinero.
¿Qué puedo hacer?
Muchas gracias por la ayuda
Un saludo
Entiendo que con la citación a notaria para la firma es suficiente para resolverlo dado que en la clausula que mencionas se habla de que cualquiera de las partes puede instar la firma.
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