Reclamar cantidad entregada en contrato compra venta

Hace 2 años entregue unas cantidades para la compra de un piso, las cuales son muy elevadas.. Debido a la situación económica que estamos sufriendo, no he podido cumplir con el contrato debido a que me veo obligada a cerrar mi negocio y tampoco he vendido mi casa, para poder hacerme cargo de esta nueva. Me han citado para firmar 2 veces ante notario pero no me he presentado, previamente informando a la constructora de la mala situación por la que estoy atravesando y de la imposibilidad de cumplir por este motivo. Lo he consultado con un abogado el cual ha intentado negociar con la constructora pero no ha sido posible llegar a un acuerdo puesto que el constructor piensa que tiene las de ganar, la única solución que me propone este abogado es ir a juicio y jugármela.. Mi pregunta es :¿Puedo ir a jucio a reclamar esta cantidad que es muy elevada para poder recuperar una parte de esta cantidad o bien dejo las cosas como están y que se queden con la cantidad entregada? ¿Puede el constructor obligarme a hacerme cargo del piso?

1 respuesta

Respuesta
1
Desgraciadamente en este caso tienes las de perder, hay muchísimos casos como el tuyo y no se puede hacer nada, si en el contrato de compraventa no te concedió la oportunidad de resolver el contrato por causas económicas o cualquier otra similar no puedes resolverlo
Los contratos se firman para ser cumplidos y solo en caso de mutuo acuerdo o incumplimiento grave de la otra parte puede instarse su resolución
Si vas a juicio y pierdes deberás pagar las costas del juicio, que en este caso son bastante elevadas, pues se toma como cuantía del proceso el valor de la vivienda comprada, y esto hace que las costas sean elevadas, deberías pagarla a tu abogado, procurador y a los de la parte contraria
Por eso es fundamental antes de firmar cualquier contrato, y más de uno de compraventa contar con el asesoramiento de un abogado que te explique a que te expones y obligas con ese contrato, te puede aconsejar el intentar introducir algunas cláusulas en el contrato que puedan beneficiarte, aunque esta consulta pueda costar algo de dinero a la larga sales ganando, porque una vez firmado el contrato no hay marcha atrás
La promotora, si no cumples voluntariamente puede o conformarse con quedarse la cantidad entregada o bien instar en juicio el cumplimiento del contrato, exigiéndote el pago de las cantidades que faltan
Muchas gracias jantleg, aunque necesito una pequeña aclaración, si opto por dejar las cosas como están, ¿aun me pueden reclamar hacerme cargo del piso aun sabiendo que no tengo trabajo y ningún recurso económico ni posibilidad de vender mi habitual vivienda?, si esto me lo reclama en un juicio lo puedo demostrar.. ¿no esta antes la economía familiar que el interés del constructor?, yo creo que con la cantidad entregada esta más que pagado los daños y perjuicios ocasionados.
Todo depende de la voluntad de la otra parte, con la ley en la mano te puede exigir el cumplimiento del contrato, no se contemplan en la ley las causas económicas de las partes como causa de resolución de los contratos

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas