Venta 50% Pro indiviso

Tengo el 50% de un inmueble en pro indiviso junto a otra persona.
De mutuo acuerdo (mediante contrato privado) hemos decidido poner a la venta dicha propiedad por un precio "x" (aunque tenemos una tasación por un precio inferior al que hemos decidido vender).
Mi pregunta es si, en este caso, la otra parte estuviera interesada en comprarme mi 50% yo estaría obligada a vendérsela y si hay obligación (o ella me pudiera obligar durante el período de validez de la tasación) de que el precio sea por el de dicha tasación (inferior al pactado para la venta) o yo puedo llegar al acuerdo de venderle a ella mi 50% pero por el precio fijado en el contrato privado.
Respuesta
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Lo que se firma en contrato tiene fuerza obligatoria para las partes, por lo que en caso de incumplimiento de una la otra puede exigir ese cumplimiento incluso en vía judicial
Todo depende de lo que os hayáis comprometido en el contrato, de como esté redactado, si en dicho contrato habéis fijado un precio, será éste el que sirva de referencia para la venta y no el de la tasación
Necesitaría una pequeña aclaración a la respuesta.
En el contrato privado firmado por ambas partes, nos comprometemos a vender el inmueble a partir de una fecha determinada y por un precio determinado. Es aquí donde surge mi duda.
Si la otra parte quisiera comprarme mi 50% antes de llegar esa fecha, ¿prima el valor de una tasación o el valor puesto por ambas partes en el contrato privado?.
Gracias de nuevo por su ayuda.
Tal y como está configurado el contrato hasta que no llegue esa fecha no surgen obligaciones para las partes
A lo único que puede obligar es que llegada esa fecha, si aparece un comprador que ofrece el precio convenido entre las partes, las partes deban vender
No antes de la fecha y no por menos del precio acordado

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