Impago de obligación de ingreso de mi cuñada

Tengo un préstamo formalizado entre mi mujer, mi cuñada y yo. Mientras el pago lo hacemos con todo rigor nosotros en cuanto a mi cuñada, su parte proporcional no lo ingresa desde hace años. Al ser una deuda solidaria hemos ido atendiendo la cuota de mi cuñada nosotros.
Tras una operación donde tuvo que intervenir para una venta la condicionamos a pagar lo que nos debía además de firmar un documento donde a partir de la fecha se obligaba a pagar su parte del préstamo que indicaba al inicio.
Aun pasando ya varios meses y firmando este pacto privado con testigos sigue sin ingresar su parte proporcional y además ayer recibimos un correo donde nos dice que no la hará.
Pregunta:
¿Podría iniciar un pleito contra ella por las cantidades no ingresadas?
¿Podría embargarle algún patrimonio personal de ella, no solo para que le duela son también, para poder cobrar lo que seguimos atendiendo nosotros por ella?.

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Respuesta
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Evidentemente al ser la deuda solidaria el acreedor puede exigir a cualquier deudor el pago de la totalidad del crédito, pero el deuddor que haya pagado de más puede exigir a los otros el pago de su parte
Si no paga voluntariamente la puedes demandar, simplemente probando que fuesiteis vosotros los que ingresasteis la cantidad adeudada
¿Cabria la posibilidad que dentro de la reclamación de los importes se solicitase el embargo de bienes ya que eso es lo que más dolería?
El embargo viene en un momento posterior, primero se le reclama la deuda, una vez que tengas la sentencia dándote la razón si no cumple voluntariamente vas a proceso de ejecución en el que se le puede pedir el embargo
¿Para este procedimiento es necesario Abogado y Procurador?.
¿La cunatia al día de hoy es de 600,00 euros y quedaría por pagar por la parte de ella menos de 28.000,00 euros?
Para reclamaciones superiores a 900 euros es imprescindible abogado y procurador

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