Renta de emancipación para jóvenes inquilinos

Buenos días, le expongo; El hermano del novio de mi hermana se ha comprado un piso y lo quiere alquilar. Mi hermana le gustaría que se lo alquilara, se ha informado y cumple los requisitos para percibir la ayuda a jóvenes inquilinos, pero como para recibir tal prestación exigen que el contrato de alquiler no se podrá celebrar entre parientes de 1er y 2º grado de consanguinidad y afinidad, quería informarse si podría realizarlo. Yo le he dicho que creo que sí, pues ella no está casada y entonces no consta legalmente que el arrendador sea su "cuñado". Ella le gustaría que le respondiese un experto.
Además, tiene la duda de si esa ayuda también se podría obtener si celebrara un contrato de arrendamiento con opción a compra, o si por el contrario, es sólo para simples contratos de alquiler.
Muchas gracias por su servicio.

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Pues al no estar casados no consta como familiar de ningún grado, por lo que podría perfectamente alquilárselo.
Respecto de la opción a compra, lo más conveniente es que contacte con el ministerio de vivienda de su comunidad, pues en cada comunidad autónoma tienen regulaciones distintas.

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