Ha echado a mi hermana de la piscina comunitaria

Pues resulta que hace aproximadamente un mes mi hermana llamo a mi casa y le comente que estaba ocupado y que bajaría en unos 15 minutos, pues bien cuando entro a la piscina el socorrista le pregunto que si pertenecía a la urbanización en la que somos 120 viviendas aproximadamente y mi hermana le comento que venia de mi parte y le dijo el piso donde yo vivía y el socorrista dejo pasar a mi hermana, pero entonces llego una vecina que por cierto no trabaja y se dedica a estar pendiente del que entra y sale de la piscina y le dijo a mi hermana que no podía estar en la piscina y mi hermana le contesto lo mismo que al socorrista entonces ella le dijo a mi hermana que le daba lo mismo y que se fuera de la piscina que subía a su casa a cambiarse y que cuando bajara no la quería ver en la piscina, mi hermana me llamo0 inmediatamente para decirme que se marchaba de la piscina y le pregunte porque entonces me explico lo que había pasado y naturalmente yo baje y me enfrente con la mala (que es el mote que le he puesto a esta vecina) . Bueno pues un mes después sigue la película de la misma forma mi hermana no ha vuelto a pisar la piscina por vergüenza, pero ahora están intentando echar a los familiares de otra mujer mayor que ademas se compro el piso con piscina comunitaria por sus hijos como ella dice. El tema es que no se si puedo hacer algo pero llame al administrados para pobner mi queja y me dijo que estaba en su derecho de echar a quien quisiera.
Mi pregunta es si puedo hacer algo al respecto pues en las normas de la comunidad aprobadas por el 17% de los vecinos dicen que los familiares invitados puede ser un máximo de 4 y que no pueden estar solos en la piscina sin el propietario y claro yo trabajo prácticamente todo el verano y me gustaría que mi familia disfrutase de la piscina ya que yo como mucho voy 4 o 5 días al año.
¿Qué puedo hacer al respecto?
¿Por otro lado quería saber si el socorrista puede ejercer nde portero?

2 respuestas

Respuesta
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Si en los estatutos de tu comunidad está recogido la presencia de familiares hasta un máximo de 4 no entiendo que los administradores te digan que la vecina está en su derecho ya que está claramente actuando en contra de la normativa aplicable en tu comunidad.
Lo único que puedes hacer es no hacer caso y en el supuesto de que ocurriese avisarla que como vuelva a acosaros le podéis poner una demanda o querella en el juzgado de Instrucción (vía penal) por acoso, o bien llamar a la policía directamente y denunciarla "in situ" que es más cómodo para vosotros y la ponéis de paso en vergüenza delante del resto de la comunidad.
Lo normal es que este tipo de personas actúen así con el resto de los vecinos así que si os enteráis de algún vecino que haya sufrido el mismo trato podéis uniros contra el enemigo.
Por otro lado yo enviaba a mi hermana y 3 familiares más a sentarse cada día al lado de la señora con un escrito tuyo autorizándoles a estar allí.
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Tienes que saber primero de todo que la piscina es tuya, y que tu invitas a la misma a quien te plazca, sin necesidad de estar acompañándoles. Imaginate que alquilas el piso, solo faltaba que tuvieras que acompañar a los inquilinos.
Las normas de régimen interno son sólo unas normas básicas de convivencia, pero a la hora de la verdad la Comunidad no tiene forma de hacértelas cumplir coactivamente.
El socorrista es un empleado tuyo, pues tú formas parte de la Comunidad, que es quien le contrata. Sus funciones son velar por la seguridad dentro de la piscina, pero no es ni mucho menos un vigilante-portero. El problema es que si a él le dicen que haga de portero, pues lo hace, para no perder su empleo.
Yo de ti haría una autorización por escrito a tus familiares para estar en la piscina. Si alguien viene a echarlos que llamen a la policía. Además, manda un escrito al Administrador, diciendo que como se vuelva a repetir la situación presentarás una denuncia en comisaría por amenazas y coacciones.
Este tipo de vecinos no se frenan hasta que se encuentran con la ley, pues se creen que por ser propietarios son los dioses de la Comunidad. No tienen ni más ni menos derechos que tú.
Por cierto, respecto de las normas internas, deben ser aprobadas por la mayoría de los asistentes (en segunda convocatoria), con el debido punto del orden del día en la Convocatoria a la Junta, y teniendo en cuenta que los deudores no tienen derecho a votar.

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