Control de alcoholemia

Hola, he dado positivo en aire espirado 0,54 en la segunda prueba en la primera 0,51. Había un control de la guardia civil, debido a que mi acompañante se encontraba indispuesta, detuve el vehivulo unos 60 metros antes la glorieta, sin hacer ningún movimiento brusco,(según el agente no señalize con el intermitente, no me fije no se si fue así o no), baje del coche a atender por la puerta del copiloto a mi acompañante, se acerco un agente, le comente que se encontraba mal, estuvimos unos 5 minutos a ver si mejoraba, pasado este tiempo el guardia civil, me dijo que hiciera la prueba de alcoholemia, a lo cual accedí, mi pregunta es la siguiente, la denuncia puesta es de 6 puntos, ¿600? Y un mes de retirada, he pensado en recurrir dicha sanción, por lo siguiente, no me hicieron el alto, baje del coche por voluntad propia para atender a una persona indispuesta, cuando hice la prueba de alcoholemia ya llevaba más de 5 minutos sin conducir, por tanto, era un peatón no un conductor, me encontraba fuera del vehículo el cual estaba estacionado, nada prueba que conducía dando positivo, en una primera prueba di 0,37 (con un aparato portátil que tenían), luego con otro aparato fijo en el coche di 0,51 y por ultimo 0,54, si seguimos esta regla, significa que en esos 6 minutos o más que estuve sin condcuir hubiera dado menos que seguro que cuañlquiera de las 3 cantidades, pienso que solo quedo probado que era un peatón ebrio con 0,54 y no conductor, ah en la denuncia pone que no presentaba síntomas de embriaguez. Espero ayuda de ustedes, muchas gracias

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Según indicas, el guardia civil te vio maniobrar para detener el vehículo y bajar del lado del piloto, pues en la denuncia indica que no señalizaste con el intermitente. Esa apreciación del agente basta para identificarte como conductor, y te implica automáticamente en la sanción. Aunque lleves más de 5 minutos sin conducir, previamente has conducido, y has dado positivo después, por lo que hay claras evidencias de que has estado circulando un vehículo con alcoholemia.
Esta bastante complicado de recurrir. Normalmente no suelen quitar ninguna sanción de alcoholemia, pero quizás pueda haber en la manera de proceder de esta multa algún defecto de forma. Te aconsejo que te pongas en contacto con el departamento jurídico de tu seguro del automóvil que es gratuito y lo tienes contratado si has contratado también asistencia en viaje en el seguro.
Son abogados que te informaran de los pasos a seguir, sin que te afecte a la bonificación y te asesoraran con respecto si hay algún defecto de forma, si es posible el recurso y si te merece la pena. Si inicias el procedimiento pierdes la bonificación, pero la consulta no implica el inicio del mismo.
Animo y suerte!
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(No olvides votar al cerrar la pregunta.
Muchas gracias por tu celeridad.
Voy a optar por recurrir, alegando que era un peatón, si bien como me dices, hay evidencias de que anteriormente estaba conduciendo con alcoholemia, esta no se midió en el momento adecuado, por tanto, hay evidencias pero no esta probado, por tanto, pienso que el recurso puede prosperar, solo son evidencias, pero que cantidad hubo, no la hay, ya que no se midió cuando era conductor.
No confío para nada en la defensa del seguro, ya que ellos recurren sin interés, ya que no cobran ningún euro por ello, por otro lado, las denuncias parecen estar bien rellenadas, por tanto, no se si cabe recurso de forma, ¿tengo dos denuncia una por el positivo y otra por no señalizar la maniobra con el intermitente de 60?, entre ellas se aprecia una laguna de 12 minutos de tiempo en la que fui peatón, ya que estaba fuera del vehículo.
El agente me dijo que no estaba autorizado a hacerme el control, pues estaba fuera de dicho espacio, pero el hecho de no señalizar la maniobra es motivo para realizármelo aunque no estuviera en dicha zona de control.
En la denuncia pone que no presento síntomas de embriaguez, esto imagino que puede ayudar bastante.
Intentalo entonces. Tienes hasta 3 recursos para hacer antes de pasar a un contencioso administrativo. No dejes de informarme de la resolución. Me da curiosidad saber el resultado, al menos para ayudar también a otras personas que se encuentren con un caso similar.
Animo y suerte!
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Muchas gracias por tu tiempo, tu atención y tu calidad en las contestaciones, te mantendré informada, una ultima pregunta sino es mucha molestia, tengo 3 recursos como me dices, tengo entendido que no puedo recurrir nada nuevo en le segundo y tercer recurso, es decir, el segundo y tercer recurso se han de basar en el primero, ¿es así?. En los recursos que interpongo, ¿los guardias son consultados para que verifiquen lo expuesto?. Muchísimas gracias.

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