Argumentar recurso alcoholemia

En una de tus respuestas dices que en un recurso de alzada debe demostrarse vulnerabilidad...¿A qué te refieres?
¿Podría alegar que paré antes de el control porque me di cuenta de mi embriaguez? ¿Sirve de algo "dar pena" en el de alzada?

1 respuesta

Respuesta
El recurso de alzada, solo es practicable en cuanto a la aplicación de artículos legilslativos, o si se te produce una vulneración de derechos fundamentales en cuanto a las respuestas de la administacion.
Este recurso no es aplicable en tu caso. Como te dije es muy difícil su aplicación.
Recuerda que tus procesos de defensa son: primero las alegaciones, segundo el recurso ordinario (si la administración no confió en tus alegaciones). Y si se desestima tu recurso ordinario, solo te queda ir por la vía contencioso administrativa (ya no actúa la administración, sino que lo hace el órgano de la justicia, y necesitaras abogado para ello).
No entiendo la alegación de que te paraste antes del control. Si te sometieron a prueba antes, es que los agentes tuvieron claro de que eras el/la conductor/a del vehículo.
Los agentes practican pruebas alcoholemia, por controles preventivos, por accidente, por sintomatología y por infracción al reglamento de circulación.
Si te paraste y te identificaron como conductor/a, podían hacerte prueba de alcoholemia.
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Resulta que el control fue en el casco urbano y que salí con el coche decenas de metros antes de avistar yo el control. Y coincidió que uno de los agentes motorizado venía en dirección opuesta y me ordenó hacer el control. Pero mi pregunta es: ¿No podría haber alegado que paré con conocimiento de causa? Si la ley acepta las picardías,¿Esa no podría ser una? Aclaro que estaba ya estacionado.
Se que la tespuesta no es la que te gustaría leer.
Pero la actuación fue licita. Tal vez el agente interpretó que querías saltarte el control, y lo que hizo fue someter a tu vehículo entrar en el control. Actuación totalmente permisiva y justificada.
El hecho de que estuviese estacionado, es rol de conductor.
Siento informarte que es totalmente licita la actuación.
Ten prsentes que hay actuaciones policiales en accidentes normalmente, en que al conductor se le realiza las pruebas de alcoholemia incluso 2 horas después del accidente y en centros hospitalarios. Y por mucho que el conductor no fue visto por los agentes, este puede ser imputado judiaialmente o administrativamente por alcoholemia y siempre con toda la veracidad realizada por los agentes.
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