Sobre usufructo y otros

Mi pregunta es larga pero trataré de resumir:
En 1994 mis padres adquirieron una vivienda que escrituraron a nombre de 3 de sus hijos, solteros, entre los que me encuentro. Los otros dos se casaron posteriormente y tienen ambos dos hijos. Observo que últimamente mi madre está preocupada por las cuestiones siguientes: Si fallece ella o mi padre, el otro cónyuge no recibiría nada de la vivienda, y podríamos entre los tres hermanos "echar" al superviviente ( Cosa que también podríamos hacer ahora). Si uno de mis hermanos fallece que su viudo/a haciendo uso de los derechos que asisten a sus hijos (mis sobrinos) quisiera sacar algún provecho inmediato de la situación, coupando parte de la vivienda e intentando "aburrir" a mis padres hasta echarlos. Por ello formulo las siguientes preguntas:
¿Se puede hacer ante notario un documento reservando el uso y disfrute de la vivienda, mientras vivan, a mis padres, sin que ninguno de sus hijos o nietos pueda anular tal derecho? Si es así ¿Cuánto podría costar en impuestros estatales o autonómicos?. Si no fuese posible ¿Qué solución podría darme para solucionar este caso?
La vivienda está pagada, no tiene cargas, etc.. Es decir es de los tres hermanos sin ningún documento que pueda estropear lo que se decida, y mis hermanos están dispuestos a redactar dicho documento.

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Los hijos podrían acordar ceder el usufructo vitalicio de la vivienda a sus padres indistintamente. Es un acuerdo válido, y no supone ninguna transacción pues no hay transmisión de la titularidad. Únicamente el gasto del notario e inscripción en el Registro del derecho real.
Muchas gracias por la contestación. Creo que es bastante aclaratoria, pero me resta un apartado por saber. El documento de usufructo ante notario, ¿tendría efectos sobre los nietos? GRACIAS
Por eso le he comentado lo de usufructo "vitalicio", quiere decir que únicamente surtirá efectos y tendrá vigencia, mientras las personas sobre las cuales se constituye tal derecho permanezcan vivas. En el momento que fallecen, por definición se extingue el usufructo.
En cualquier caso, dejen claro que el usufructo se establece exclusivamente sobre dichas personas de forma vitalicia.

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