Cooperativa de viviendas. Irregularidades

Navegando he encontrado esta página, y si me puede ayudar al respecto, me seria de gran utilidad.
En junio de 2005 hice una aportación a una cooperativa de viviendas de 18.000 euros para comprar una casa (ojo, aportación para la construcción de vivienda no al capital social). Dicha cooperativa funciona del modo siguiente: Una sociedad gestora busca socios para comprar un terreno y después construir (eso en teoría)
A finales de 2006 cause baja en la promoción dado que veía que los plazos se alargaban interminablemente y no empezaban a construir. Sigo manteniendo mi condición de socio en la cooperativa, ya que el dinero no me ha sido restituido. Al darme de baja, me dijeron que el dinero se me devolvería cuando un socio entrase en mi lugar y adquiriese mis derechos y obligaciones. Esto se me dijo por escrito. Y de palabra, se me dijo que independientemente de esto, en el plazo de 5 años recibiría mi dinero. (Los estatutos de la cooperativa no dicen nada al respecto, sino que en ese tema se remiten a la ley de cooperativas)
El caso que ahora, a mediados de 2008, la situación esta bastante peor. Muchos socios se han dado de baja, y es prácticamente imposible que se vaya a construir ya. Y yo, dado que pasa el tiempo y no me devuelven mi dinero, investigando en páginas de internet, creo que eso de los 5 años es algo que nos han dicho "para darnos largas, o tranquilizarnos de alguna manera"
¿Podría decirme si una cooperativa esta obligada a devolver las aportaciones a la compra de una vivienda a los 5 años, o es algo que nos han dicho "para que no diéramos guerra"
Por otro lado, cuando di la entrada de la vivienda, la cooperativa no me avalo. Y he leído que es obligación legal de una cooperativa avalar todas las cantidades entregadas a cuenta para la compra de una vivienda. He solicitado el aval hace poco y se niegan a dármelo. ¿Qué puedo hacer? ¿Realmente pueden no dármelo?
Pasado el tiempo, me he dado cuenta de todas las irregularidades cometidas por esta cooperativa (y también mi poco "sentido común" por no haberme informado mejor)
En el contrato que firmamos cuando adelantamos los 18.000 euros en ningún momento se habla de plazos de cuando se comenzara o se finalizara la obra. (Creo que dice algo genérico como, el tiempo necesario para llevar a cabo la ejecución de las obras)
En el contrato que firmamos, tampoco se menciona la cuenta bancaria a la que va depositado nuestro dinero (he leído por ahí que esto es obligación de la cooperativa incluirlo)
Por otro lado se habla de que son viviendas de protección oficial, cuando en realidad creo que no lo son. He hablado con la junta de mi comunidad autónoma (se trataría de viviendas de protección de la Junta) y ellos no saben nada al respecto. Según me comentan, una vez que estén finalizadas, si cumplen unos requisitos determinados, en metros cuadrados y precio, la junta determinara si son viviendas de protección.
Con todo lo que cuento, y perdón por la extensión, creo que existen diversas irregularidades al respecto. ¿Cree qué existe alguna base legal para rescindir este contrato por mi parte y recuperar mi dinero?
Ya se que son muchas preguntas. Perdón por la extensión. Si puede ayudarnos, se lo agradeceríamos mucho, ya que tenemos la sensación de que "nos la han jugado"

2 respuestas

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Vamos a ver, en primer lugar dime de quecomunidad autónoma, pues es una materia que tienen concedidas las autonomías para su legislación. A nivel estatal se regula por la ley 27/99 de cooperativas. El art. 51 de esta ley señala que para las aportaciones ser habrán de devolver cuando se cierre el ejercicio económico y que tienen de plazo hasta 5 años para la devolución, quizá por eso es el plazo que comentaron, para poder tener un tiempo. Esta regulado en el art. 51.5 de la ley, que el plazo de devolución no puede exceder de estos cinco años.
De acuerdo con lo que me comentas y si tu baja ha sido realizda con el preaviso correspondiente, si en los estatutos señalan un plazo hay que estar a éste, y si no, la ley señala que no puede ser superior a un año. En caso que se hubiera dado de baja sin el preaviso correspondiente puede haber una reducción de la entrega de aportaciones en un 10 % pero siempre con un procedimiento realizado por el Consejo REctor. Claro que se puede hacer algo, y es demandar a la Cooperativa en su Consejo REctor para que proceda a la devolución de cantidades.
Hola
Lo primero, muchas gracias por tener la amabilidad por responderme.
La comunidad autónoma de la que hablamos es castilla y león.
De todas formas, lo que más me urge conocer es si una cooperativa esta obligada a facilitarme un aval bancario (o como en la cooperativa yo soy "socio y promotor" de la construcción, ¿es algo que esta de más?
Creo que si que tienen derecho, porque por ejemplo, aunque sea socio y promotor de la construcción ¿quién me garantiza que los 18000 euros que desembolse se van a emplear en la construcción de mi vivienda? ¿Y si por ejemplo alguien hace un fraude y ese dinero se lo lleva a una cuenta particular?
Y por otro lado, en caso de tener derecho a solicitar aval, ¿hasta cuándo puedo hacerlo?
Tiene que ser siempre antes de entregar la pasta, ¿o lo puedo hacer una vez que he entregado el dinero? En este caso casi 3 años después.
Si se llevan este dinero a una cuenta particular, esto es una apropiación indebida, un delito castigado por el código penal.
En cuanto al aval bancario puede solicitarlo cuando entrega el dinero claro está. Casi tres años después también, pero posibilidades de que le digan que si que se lo dan, muy pocas.
Pero si están obligados a dármelo y no quieren dármelo... ¿es su problema no?
¿A quién tengo que acudir para que se cumpla la ley?
Al Juzgado, tendrá que interponer una demanda para reclamar que se le devuelva el dinero. Será competente el juzgado de primera instancia (civil).
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