¿Cuándo es efectiva la baja en una cooperativa?

Mi situación es la siguiente, he solicitado darme de baja en la cooperativa de la que soy socia por escrito, me dicen que ya puedo dejar de pagar las cuotas, pero que desde el momento que he solicitado la baja que ya he perdido todos los derechos, es decir, no me van a informar de las reuniones y por tanto de la evolución de las viviendas, y pierdo el número de elección de piso. A mi entender, aunque yo haya solicitado la baja, sigo siendo socia, y por lo tanto hasta que no me devuelven el dinero (que no será hasta que entre un nuevo socio) debería de conservar mis derechos, me da la impresión de que me dicen que deje de pagar, porque eso me condiciona para perder mis derechos, pero yo estoy dispuesta a seguir pagando si así conservo mis derechos, puesto que el encontrar un nuevo socio puede alargarse bastante, y lo mismo tardan menos en darme la vivienda que en darme el dinero... ¿legalmente tengo razón en mis planteamientos? ¿Puedo con la ley en la mano decirles que seguiré cumpliendo mis obligaciones para conservar mis derechos? ¿Pueden denegarme el conservar mi número en la cooperativa e informarme de las reuniones? ¿He dejado de ser socia automáticamente al solicitar la baja aunque no me hayan reembolsado las cantidades? A mi entender no he dejado de ser socia, solo he presentado la solicitud, pero el contrato no se ha resuelto hasta que no me liquiden mi parte de la cooperativa ¿no?

1 respuesta

Respuesta
Todo lo que estas preguntando debe estar establecido en los estatutos de la cooperativa, de los cuales tienes que tener una copia, y si no la tienes pídela.
Cuando se solicita la baja, se pierden los derechos. Si solicitas la baja es porque ya no quieres seguir siendo socia de la cooperativa, por lo que dejas de tener los derechos de socio.
Gracias por contestar lo primero, pero respecto a lo que me comentas me he leído los estatutos de la cooperativa y la legislación que hay relativa a cooperativas y en ningún caso especifica que al solicitar la baja, lo subrayo porque yo considero que hasta que no me liquiden mi aportación económica sigo siendo socia, pierdo los derechos, solo hablan de la causistica de las bajas y las retenciones que te pudieren practicar en base a ellas cuando te liquidan el dinero. Yo entiendo que cuando te das de baja en un sitio pierdas los derechos, pero en este caso no depende de mi sino de que entre otro socio a cubrir mi plaza y así me puedan devolver el dinero. Como esto puede pasar en dos meses, seis o cinco años, no veo justo perder mis derechos porque lo mismo en dos años si no me han devuelto el dinero pues sigo adelante con la cooperativa, ya que la vida da muchas vueltas y yo estoy tomando una decisión por mis circunstancias actuales, pero si no me pueden asegurar la fecha de la devolución yo quiero seguir apuntada en a lista de bajas, pero mantener mis derechos, por supuesto también mantendría las obligaciones, esto hasta que haya otra persona que cubra mi plaza. ¿Esto no es posible?
Si todo lo que dices se establece en los estatutos de la cooperativa, pues claro que es posible.
Agradezco la respuesta, pero sinceramente es redundante y no me ha sacado de dudas: en mi caso, como he dicho los estatutos no contemplan mi situación.

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