Acuerdos válidos, junta de vecinos

En la junta de propietarios se aprobaron una serie acuerdos que no figuraban en el orden del día de la junta extraordinaria. Son válidos estos acuerdos, como los puedo impugnar y en base a que articulo, ley etc.
Son referentes a compras de mobiliario piscina, cerramiento de zona común para guardar este mobiliario, cambio del horario de alumbrado calles, etc

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Si que los puedes impugnar, ya que, como bien dices no aparecían en el Orden del Día, tal y como recoge e Art. 16 LPH.
Además el Art. 11LPH, señala que "1. Ningún propietario podrá exigir nuevas instalaciones, servicios o mejoras no requeridos para la adecuada conservación, habitabilidad, seguridad y accesibilidad del inmueble, según su naturaleza y características.
2. Cuando se adopten válidamente acuerdos para realizar innovaciones no exigibles a tenor del apartado anterior y cuya cuota de instalación exceda del importe de tres mensualidades ordinarias de gastos comunes, el disidente no resultará obligado, ni se modificará su cuota, incluso en el caso de que no pueda privársele de la mejora o ventaja.
Si el disidente desea, en cualquier tiempo, participar de las ventajas de la innovación, habrá de abonar su cuota en los gastos de realización y mantenimiento, debidamente actualizados mediante la aplicación del correspondiente interés legal."

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