¿Cuándo caduca una multa?

Le cuento...
El 23 de agosto del año 2002 me sancionaron por exceso de velocidad. La multa ascendía a 600 euros. Han pasado ya casi 5 años y estoy dudando si ha caducado o no...
La verdad es que no recuerdo si al final me llegó o no pero hoy he mirado el DOGC núm. 3817 - 07/02/2003 y estoy en la "lista negra"
No sé si tiene alguna importancia o ya ha prescrito
Me gustaría que me lo confirmaras porque si sigue vigente la sanción, cancelaría mi cuenta bancaria hasta que caduque la multa
Muchas gracias. Tienes la máxima puntuación de antemano, valoraré tu buena voluntad

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Su sanción corresponde a una infracción muy grave. Estas prescriben al año a partir del día en que se cometieron los hechos salvo que haya recibido alguna notificación, haya realizado recursos... ya que todos estos trámites paralizan ese plazo. La prescripción se reanuda si el procedimiento se paraliza durante más de un mes por causa no imputable al denunciado.
Si no hubiese recaído resolución sancionadora transcurrido un año desde la iniciación del procedimiento, se producirá su caducidad y se procederá al archivo de las actuaciones, a solicitud de cualquier interesado o de oficio por el órgano competente para dictar la resolución. El plazo de prescripción de las sanciones será de un año, computado desde el día siguiente a aquél en que adquiera firmeza la resolución por la que se imponga la correspondiente sanción.
Las sanciones graves y muy graves una vez sean firmes en vía administrativa serán anotadas, por la Jefatura deTráfico instructora del procedimiento, en el Registro de conductores e infractores, el día de su firmeza. Las anotaciones se cancelarán de oficio, a efectos de antecedentes, una vez transcurridos tres años desde su total cumplimiento o prescripción.

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