Obra sin licencia

Vivo en una urbanización muy grande en la cual muchas personas han hecho tejadillos en la parcela de cada uno saltándose la normativa sobre retranqueo y sin licencia de obra. Yo como vi esto también hice uno.
El Ayuntamiento no actúa aquí nunca de oficio, pero, la promotora me ha denunciado como venganza por reclamarles la subsanación de los vicios ocultos, si no obstante no ha denunciado a varios vecinos cercanos que han hecho lo mismo que yo (tengo uno incluso enfrente de mi).
El Ayuntamiento ha incoado mi expediente, obviando esas otras construcciones pues como te digo no actúa de oficio, si no unicamente a instancia de parte.
La dudas mías son:
¿Puedo alegar en el procedimiento la discriminación en la aplicación de la normativa municipal?
¿Qué más crees tu que podría alegar?
¿Cuándo prescriben las infracciones de este tipo?

3 Respuestas

Respuesta
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¿Me podrías indicar tu Comunidad Autónoma? Esta materia es competencia de las Comunidades Autónomas y tendría que ver la norma particular que hubiera dictado
Respuesta
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Para contestarte con mayor certeza necesitaría saber de que Ayuntamiento estamos hablando, pero tal como expones el tema, si el ayuntamiento únicamente actúa a instancia de parte y tú has cometido esa irregularidad y te han denunciado, únicamente creo que puedas alegar desconociento de la normativa municipal y que al observar a otros vecinos que habían realizado esa obra sin permiso o licencia alguno, tú optaste por hacerlo del mismo modo.
No puedes alegar discriminación, porque no has sido discriminado, únicamente tú eres el único denunciado y no tus vecinos.
Respuesta
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Necesitaría más datos: fecha en que se hizo la construcción, fecha en que se incoó el expediente
Hola, gracias por contestar...
La construcción se hizo hace unos 13 meses y se ha incoado el expediente hace tres semanas..
Un saludo
Por desgracia no se puede alegar esa discriminación, toda vez que cada expediente es individualizado y a cada propietario se le debe incoar uno. Tampoco estamos dentro de los plazos de prescripción, por lo que me temo que tendrá que asumir las consecuencias del expediente.
No se puede alegar desconocimiento, porque (y lo digo desde la perspectiva de la Admistración) tendría que haberse informado previamente de las limitaciones para la obra, bien en el Ayuntamiento bien en la comunidad de propietarios
quizá se podría plantear al ayuntamiento, como comunidad de propietarios, la posibilidad de legalizar las obras, pero, insisto tendría que ser como colectivo.

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