2 Contratos de media jornada

Quería si es posible me aclarase unas dudas que me han surgido tras ofrecerme un nuevo empleo.
Le explico:
Yo actualmente trabajo con contrato indefinido a tiempo completo. El caso es que me han ofrecido un trabajo más interesante pero me ofrecen 2 contratos a media jornada con dos pagadores diferentes de 20 horas cada uno por tiempo indefinido.
Mis dudas son:
- En que me influye respecto a a la prestación por desempleo.
- En que me influye a la hora de hacer la declaración de la renta (me he comprado piso recientemente).
- Imagino que habrá algo que no tenga en cuenta así que le pido asesoramiento

7 Respuestas

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Busca un especialista en la lista de expertos. Seguro que hay alguno especializado en laboral.
No es mi caso.
Lo siento.
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En tu nómina, en la parte de abajo, pondrá tu base de cotización trabajando para una empresa que suele coincidir con la nómina menos las percepciones no salariales.
Si con tus dos trabajos ganas más que con solo uno, evidentemente y si no te pagan en B, sumaras más bases de cotización.
Para cobrar el paro o el medio paro, cuentas las ultimas bases de cotización, y el periodo acumulado de trabajo y cotizaciones.
Lo del paro, dependerá de las bases, puedes informarte en la TGSS de las bases que te han cotizado o verlo en las nóminas.
Estarás puriempleada, pero no te influye nada si las bases de cotización sumadas, son igual o mayores.
Unicamente si una empresa te despidiera, cobrarías medio paro y seguirías trabajando 20 horas.
No veo ningún problema en la propuesta que te hacen.
Respecto del IRPF, nada, pagarás igual, salvo que si ahora te retienen de la nómina un porcentaje, entre las dos nóminas te retengan menos, con lo cual lo que no pagas mensualmente vía retención de nómina, lo pagarás en Junio cuando hagas el IRPF.
Pero eso solo en caso que la retención de nómina sea menor.
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No te influye en nada con respecto a la renta ni tampoco respecto al paro. Pero que te ofrezcan eso tan raro sólo tiene un objetivo: JODERTE llegado el caso. Te pongo varios ejemplos para cuando te quieran despedir:
-Te despiden de un contrato si y del otro no. Saben que a media jornada no puedes vivir y te fuerzan a pedir la baja del otro.
-Te dan vacaciones con uno unos días y con otro otros días. Para forzarte a pedir la baja.
En resumen, que hay gato encerrado. Además, uno de los dos contratos estaría en fraude de ley porque realmente supongo que sólo trabajarías en un sitio, que respondería a uno de los contratos. Hay fraude por todos los sitios. Llegado al caso de demandar podrías reclamar a la inspección de trabajo y, aparte de la sanción, podrías optar por un contrato fijo a jornada completa en cualquiera de las dos empresas. Y probablemente lo ganarías.
Pero mucho, falta lo más importante. Habrás perdido la antigüedad. Si dentro de 6 meses te pones tonto te pueden echar con los trucos que te he dicho y si reclamas y ganas te echan pagando una miseria por despido improcedente (45 días por año).
En resumen, que si te quieres ir que sea firmando un contrato normal, a jornada completa, y sino que te digan las razones de ese mamoneo.
Y por supuesto que en tu trabajo actual no pidas baja voluntaria, sino excedencia voluntaria, si tienes derecho a ella por tu antigüedad.
www.laboro.es.gd
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Todo depende de la cotización que se haga en cada contrato. Si es igual que la de tiempo completo no saldrías perjudicado. En cuanto a lo de hacienda se hace por ingresos, con independencia de la forma de contrato.
Tal vez la trampa sea que al ser de 20 horas la retención es menor y por tanto el salario limpio que cobras sea más alto, pero el bruto es menor y luego te tocará pagarlo en la declaración de la renta.
Ten cuidado, ya que no es normal hacer ese tipo de contratos para uno indefinido, en mi opinión no es legal de la forma que te lo proponen y por tanto tal vez tenga gato encerrado.
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En el caso de la prestación de desempleo le diré que no le influye para nada si es que la cotización es la misma en ambos empleos, ya que esta se cuenta dependiendo del número de horas trabajadas y lo que haya cotizado.
A la hora de hacer la declaración de la renta, tampoco le debería influir solamente en la medida que haya cambiado de salario y tenga que declarar más o menos, ya que a la hora de declarar usted declara los rendimientos de trabajo que es una cuantía global, independientemente de que tenga 1, 2 o 5 trabajos, o contratos.
El problema que veo yo aquí es que si ese ofrecimiento te lo han hecho en la misma empresa, y para el mismo puesto, lo que ocurre es que en vez de tener un contrato a jornada completa, lo tienes a dos medias jornadas, que en definitiva las horas las trabajas las mismas, a la hora de querer echarte aunque estés indefinido, siempre te podrán exhar del turno de mañana o de tarde independientemente, y de manera más sencilla, y además saliéndoles mucho más barato.
Además no tiene mucha lógica que ete hagan ese tipo de contrato si estuviesen seguros de que ibas a trabajar todo el día ahí. Lo que puede suceder aquí es que no sepan con claridad si en un futuro te van a necesitar a jornada completa o a media jornada con lo que haciendo dos contratos de media jornada se cubren las espaldas, ya que podrán prescindir de una de tus jornadas con mayor facilidad que si estás a jornada completa. Además es probable que te coticen menos a la seguridad social por cada media jornada que lo que te cotizaban antes, con lo que te influirá respecto a cualquier prestación de la seguridad social.
Perdona pero te quería preguntar y aclarar unas cosillas a las respuestas que me has dado:
El ofrecimiento digamos me lo ha echo la empresa donde físicamente yo voy a estar, pero no es la misma empresa quien me hace dos contratos sino la empresa que me ha echo la oferta y otra empresa diferente que tiene contratados servicios externos con la primera.
Respecto a lo que me echen de un tturno es cierto, pero si me echan la indemnización seria la misma. Que les salga más barato a ellos no me importaría el caso es saber si a mi la indemnización es menor
Otra cosa, me puede explicar en que me influye si cotizan menos por mi, me comentas que me influye en cualquier prestación de la Seg. Social, también en el desempleo. También si caigo de baja.. ¿en qué más prestaciones?
Muchas gracias por tu rapidez
El hecho de que los contratos te los haga otra empresa, es normal ya que muchas veces las empresas tienen sus propias filiales que hacen este tipo de gestiones.
Por otro lado respecto a que te echen de un turno, me refiero a que la indemnización por echarte de la jornada de tarde por ejemplo va a ser menor a la indemnización que te tendrían que dar por echarte de una jornada completa, con lo que en el caso de tener que echarte al poder hacerlo solo de media jornada, tendrían menos miramientos en un momento dado.
Por otro lado las cotizaciones a la seguridad social, se hacen por parte del empresario, y también por el trabajador en la medida que se quiera, estas cantidades suelen estar fijadas ya en el propio contrato y se descuentan automáticamente del salario del trabajador con lo que en la nómina suele aparecen un desglose de estos conceptos.
A la hora de otorgar prestaciones la seguridad social, lo hace en función de las cantidades cotizadas, y aplicando porcentajes sobre las mismas. Es igual el caso de los autónomos que son ellos quienes eligen qué parte del salario quieren cotizar a la seguridad social. (Esa cantidad es como una aportación a un seguro, o un plan de pensiones que la vas acumulando, y cuando tienes que cobrar alguna prestación esta te la calculan en función de lo que hayas cotizado).
Esas prestaciones son, desempleo, incapacidad, minusvalía, jubilación, pensión de viudedad, baja temporal, enfermedad, etc... solo afecta a las prestaciones contributivas (prestaciones que se cobran en función de la contribución que se hizo a la seguridad social en su día), y no a las no contributivas como por ejemplo la de ayuda familiar a desempleados mayores de 45 años.
Creo que lo he entendido.
Imagino que en cada contrato tiene que venir que tiempo dedicas a cada empresa, entonces si tengo un accidente solo voy a recibir la prestación por lo que cotice, es decir, 20 horas y no de 40 ya que el accidente ha ocurrido trabajando con una empresa.
Perdona, pero si me echan de los dos a la vez la prestación por desempleo corresponde a las 40 hora o tengo que elegir entre una y otra...
Gracias y siento ser tan insistente...
Bien parece que lo has entendido, en cada contrato debe aparecer tanto el tiempo que dedicas a cada empresa, como el tiempo de duración (indefinido), además si tienes un accidente de tarde, cobraras la prestación que te corresponda por el contrato de tarde, y no por el contrato de mañana y de tarde, como muy bien dices cobrarías por 20 horas.
En el caso de que te echen de los dos a la vez, la prestación de desempleo correspondería por las 40 horas, y no tendrías que elegir ya que esta prestación se otorga por número de horas o días trabajados, independientemente de en cuantos sitios trabajes, si trabajases en dos trabajos distintos, uno entre semana y otro el fin de semana, si te echasen de los dos a la vez cobrarías el paro en función de las horas trabajadas sumadas de los dos trabajos, no tendrías que elegir entre el del fin de semana y el de entre semana.
Saludos, espero haber aclarado tus dudas. A tus servicios.
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Te influye en cuanto en la prestación de desempleo, si cotizas por una cantidad similar, a lo que cotizabas en la primera empresa, no tendrás problema, pero claro, puedes perder uno de los empleos y entonces cobrarías la nomina de uno y la prestación proporcional a la cantidad que cotizabas, es decir, más o menos a la par.
Para la declaración si te influye porque ahora son 2 pagadores, y si estas en los limites establecidos estarías obligado a presentar declaración aunque te salga a pagar, cosa que con un solo contrato no te pasa, aunque si tienes piso e hipoteca, te saldrá a devolver con lo que no tienes problema.
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