Comunidad de vecinos

Buenas tardes.
Mi problema es el siguiente: hace 3 días que soy presidente de mi comunidad. Somos dos bloques de viviendas (cada uno con 5 portales) que están construidas sobre un mercado. Entre los dos bloques hay un espacio que corresponde al techo de dicho mercado. Pues bien, me ha llegado una carta de un abodago que dice que tiene pruebas que demuestran que ese techo no está bien (por goteras) y que nos insta a que en un plazo inferior a 10 días arreglemos ese techo entre todos los portales, ya que dice que no es propiedad de nadie en concreto, y sino que empezaran ha hacerlo y nos pasaran el coste oportuno. ¿Se puede hacer eso?, ¿Dónde puedo informarme sobre la propiedad de ese techo?, ¿Es legal que te den un plazo tan corto?, ... En fin, que mi comienzo como Presi no ha sido muy tranquilo. Le agradecería cualquier información que pueda darme. Las viviendas son de Torrejón de Ardoz (Madrid).
Muchas gracias
Respuesta
1
Para empezar el plazo tan corto es una decisión del abogado contrario, son 10 días como podían haer sido 15 o 23.
Seria interesante que hablara con el anterior presidente y con el administrador con el fin de enterarse si hubo en un pasado cercano alguna reclamación que no le hayan comunicado a usted cuando ha tomado posesión.
Por ultimo, en cuanto a la propiedad de ese techo, puede usted acudir primero a los estatutos de su comunidad donde podría encontrar un detalle de cuales son los elementos comunes de sus edificios y cuales no y en que situación.
Y puede acudir al Registro de la Propiedad donde ya fehacientemente podrá comprobar si el techo del mercado es o no de su comunidad.
De todos modos, las goteras que afirma tener el mercado usted debe ver si son ciertas y el abogado contrario debería haber documentado con informe pericial la situación de las mismas.

1 respuesta más de otro experto

Respuesta
1
Puede neterarse de si el techo es propiedad de la comunidad en la escritura de obra nueva de los edificios y división de propiedad horizontal, la cual está inscrita en el Registro de la Propiedad competente en el asiento registral previo a los relativos a las ventas de cada piso o local. Si su inscripción no es extensa, el asiento hará referencia al protocolo del notario que autorizó la escritura citada, y sólo tiene que ir al notario correspondiente que actualmente conserve el citado protocolo para que le expida una copia autorizada previa acreditación de su legítimo interés.
En esa escritura aparecerá si la zona entre edificaciones es elemento común de la Comunidad de Propietarios, y si es así su reparación correrá a cargo de la comunidad que Vd preside. En cualquier caso, para su propio conocimiento, puede Vd mantener una reunión con el letrado de la parte contraria, a quien alegrará saber que Vds se están moviendo con el fin de arreglar el problema, y pídale un mes, por lo menos para conocer los pormenores del caso, pedir presupuestos e informes periciales y, en su caso si procede, comenzar las reparaciones.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas