Ley de ruido

Tengo un problema de ruidos en mi vivienda. La vecina de encima corre muebles constantemente, camina con zapatos de tacón y baila flamenco en ocasiones. Además pone la música muy alta. La verdad es que a veces parece que esta e mi comedor. Supongo que no supera los decibelios permitidos pero es muy molesto. Se que hay alguna ley del ruido que se va a aprobar. No se que puedo hacer, ya he intentado hablar con ella pero no le importa nada molestar a los demás. AZ veces se pone a cantar en el patio comunitario.

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La verdad es que tiene usted un problema.
Existe la Ley 37/2003, de 27 de noviembre, del Ruido, publicada en el BOE de 18-11-2003
Sin embargo en su artículo 1 excluye:
"a) Las actividades domésticas o los comportamientos de los vecinos, cuando la contaminación acústica producida por aquéllos se mantenga dentro de límites tolerables de conformidad con las ordenanzas municipales y los usos locales."
Esto significa que aunque el Ayuntamiento y la Comunidad Autónoma pueda realizar inspecciones sobre ruidos e incluso sancionar, cuando se trata de ruidos producidos por vecinos las posibilidades de obtener algo por esta vía son escasas, pues el margen de los que es tolerable o no es muy difuso (desde luego que ande por su casa con tacones es algo que entra dentro de lo tolerable) (Es difícil que se sancione a una discoteca o un bar que molesta a los vecinos, con que imagínese una vecina que lleva tacones en su casa)
Supongo que habrán intentado hablar de buenas formas con la vecina, con sus familiares... a veces ese tipo de gestiones surten más efecto (en una ocasión conseguimos que el vecino de arriba que era sordo dejara de poner la TV al volumen máximo... regalándole unos auriculares para que los enganchara a la TV.
Si la situación es límite, vamos que no se ha conseguido nada, creo que:
1.-Deberían ir preparando la "prueba". Esto es, que alguien más (un notario, un inspector de ruidos, unos vecinos... no valen familiares) pudiera testificar que los ruidos de la vecina son insoportables
2.-Realizar un requerimiento (una carta notarial, una carta de un abogado...)a la vecina para que cese en el ruido
3.-Al final plantear una demanda civil por daños (1902 Código Civil), para lo cual han de contratar a un abogado..
Ánimo..
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El problema es difícil de resolver. La Ley de Propiedad Horizontal contiene un procedimiento frente a "actividades molestas" que consiste en que el presidente le requiera para que cese en la actividad y en caso de no cumplirlo demandarle ante el juzgado. Lo que ocurre es que esos procedimiento son más efectivos frente a actividades continuas (por ejemplo, música en un bar).
En este caso la primera dificultad es probar la actividad molesta y su frecuencia. Para ello sería necesario realizar algún acta notarial o incluso alguna grabación de video.
También puede ser efectivo llamar a la policía municipal para que recojan en un acta la denuncia. Aunque no consigan detener la molestia al menos es una prueba de que se está realizando.
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<%=Texto%>Puedes llamar a la Policia Municipal para que mida el nivel de ruido que se genera en tu piso,y si supera el permitido presentar denuncia ante el Ayuntamiento.La actual Ley de Ruido no considera infracción el ruido generado a consecuencia de una actividad domestica siempre que este no supere el nivel de decibelios establecido. Con respecto a la nueva Ley de Ruidos esta es solo un anteproyecto pendiente de aprobarse.

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