¿Me corresponde finiquito y subsidio por desempleo?

Hola, buenas tardes, he estado trabajando 10 meses en una empresa con un contrato temporal de 30 horas semanales, primero de 4 meses, luego lo prorrogaron por 3 meses y luego lo volvieron a prorrogar por otros 3 meses, y este último se acaba el día 31 de octubre y ya me han dicho que no me van a volver a renovar porque no me quieren hacer un contrato indefinido. Tuve 22 días de vacaciones.

Quería saber ¿me corresponde finiquito? ¿cómo puedo calcularlo? ¿me quedarían días de vacaciones que me tengan que pagar?

Se que no me corresponde prestación por desempleo por no haber cotizado al menos 1 año (es mi primer empleo), pero quería saber si me corresponde el subsidio por desempleo, no tengo ninguna fuente de ingresos personal, y no he cobrado ninguna prestación anteriormente, pero mi mujer está cobrando el paro y le dan 1.006,80€, es su única fuente de ingresos, ¿eso contaría como renta mía o no?

Muchas gracias de antemano, quedo a la espera de tu respuesta. Un saludo

1 respuesta

Respuesta
1

Aunque no hayas cotizado los 360 días de carencia que se necesitan para cobrar la prestación por desempleo sin embargo existe un subsidio que se concede a trabajadores los que se encuentren en situación legal de desempleo pero que no acumulan cotizaciones suficientes para cobrar una prestación contributiva. Este subsidio tiene en cuenta los días cotizados, por lo tanto al solicitarlo se consume el período cotizado que tengas acumulado al igual que cuando se genera una prestación contributiva. E el esubsidio por insuficiencia de cotizacion es una ayuda de 426 euros/mes, que se cobra en función del tiempo que se ha cotizado y de si hay o no responsabilidades familiares:
- Por haber cotizado 3, 4 o 5 meses con responsabilidades familiares: 3, 4 o 5 meses de subsidio.
- Por haber cotizado 6 meses: 6 meses de subsidio si no se tienen responsabilidades

Familiares y 21 meses si hay responsabilidades familiares.
Requisitos del subsidio por insuficiencia de cotización
Estar desempleado/a y en situación legal de desempleo.
Inscribirse como demandante de empleo (apuntarse al paro) en el plazo de 15 días desde la situación legal de desempleo y suscribir el Compromiso de Actividad.
No tener acumulado el periodo mínimo de cotización de 360 días que daría derecho a recibir una prestación contributiva.
Tener cotizados, en un régimen de la Seguridad Social que contemple la contingencia de desempleo, al menos 3 meses si tiene responsabilidades familiares, o 6 meses si no las tiene.
Carecer de rentas, de cualquier naturaleza, superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional, excluidas las pagas extraordinarias.
Si la persona trabajadora tuviera derecho al “Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 55 años” percibiría éste subsidio.
- Si se han realizado trabajos a tiempo parcial, deberá aportar los contratos en los que se refleje el número de días de trabajo a la semana. Uno de los recortes más importantes del RDL 20/2012 de 13 de julio fué decretar el llamado “subsidio parcial”. Antes de la reforma, cualquier desempleado que cumpliera los requisitos para acceder al subsidio lo cobraba íntegramente, es decir, siempre 426 euros al mes. Despues de la reforma, se tiene en cuenta si el último contrato ha sido a tiempo parcial, de tal modo que el subsidio se cobra de forma proporcional a las horas trabajadas.
Ejemplo: un trabajador a jornada completa durante 6 meses cobraría del subsidio 426 euros/mes. Un trabajador que haya trabajado durante 6 meses a media jornada, cobraría el 50% del subsidio, es decir, 213 euros al mes.
-Si interrumpió el cobro de una prestación contributiva (el paro normal) para trabajar durante el último contrato de menos de 360 días, hay que solicitar la reanudación de la prestación que se quedó suspendida.
- Si lo que se interrumpió para trabajar con el último contrato fue un subsidio, hay que solicitar reanudarlo, no pedir uno nuevo. Si después de varias interrupciones y reanudación del subsidio se tienen acumulados más de 360 días de cotización, hay que solicitar necesariamente una prestación por desempleo. La documentación hay que presentar es la siguiente: Modelo oficial de solicitud, que incorpora la declaración de rentas de la persona solicitante y de los familiares que convivan con ella o estén a su cargo, los datos de domiciliación bancaria, el compromiso de actividad y la autorización de petición de información a la AEAT (Agencia Tributaria).
Documentos de identificación de la persona solicitantey de los hijos o hijas que conviven con ella o estén a su cargo y que figuren en la solicitud. (Solamente será necesario mostrar los documentos para verificar la identidad):
Documento Nacional de Identidad (DNI)/Tarjeta de identidad de extranjero.
Libro de familia o documento equivalente en el caso de extranjeros.
Certificado de empresa en el que se acredite la situación legal de empleo.
Sólo en aquellas situaciones en el que el certificado de empresa no fuera suficiente para acreditar la situación legal de desempleo, documento que la demuestre.
Solamente cuando lo pida la oficina de empleo, un justificante de las rentas.
El plazo para pedir el subsidio es de 15 días hábiles siguientes a la situación legal de desempleo, es decir, desde la fecha de fin de contrato, despido, etc.Paran saber si te han concedido el subsidio ll INEM resolverá la solicitud dentro de los 15 días siguientes a su presentación. En el caso de que le reconozcan la ayuda, le enviarán un escrito a su domicilio en el que se especifica la duración, la base reguladora, la entidad bancaria, fecha del pago, etc. Y en caso contrario, si se deniega, se le comunicarán los motivos de la no concesión y podrá formular alegaciones. Espero que la respuesta te sirva de ayuda.. No se te olvide finalizar la pregunta

Muchas gracias por tu respuesta, pero hay un par de puntos que no me quedan claros, ¿se consideran rentas superiores al 75% del salario mínimo interprofesional si mi mujer está cobrando 1006,80€ de prestación por desempleo? y lo del "subsidio parcial", mi último contrato es a tiempo parcial de 30 horas semanales ¿me corresponderían los 426€ completos?

¿Me podrías mirar también si me corresponde finiquito?

Muchas gracias de nuevo.

Las rentas que se tienen en cuenta para conceder el subsidio de desempleo por insuficiencia de cotizaciones incluyen los ingresos brutos de todo tipo de pensiones y prestaciones, incluidas las pensiones alimenticias los salarios sociales y similares, etc... Por lo tanto No se considerará familiar a cargo del solicitante aquel que perciba rentas superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional, excluida la parte
proporcional de las pagas extraordinarias, por lo que para proceder a la división
de los ingresos de la unidad familiar entre el número de los miembros deberá
haber, además del solicitante, otra persona cuyos ingresos sean inferiores a ese
límite. En cuanto a lo del subsidio parcial, antes el subsidio por desempleo era de cuantía fija, 426 euros, ahora esta cuantía estará en proporción al porcentaje de horas del último contrato desde el que se accede al subsidio, es decir si un trabajador cesó en un contrato de 20 horas a la semana, por ejemplo cobraría 213 euros. En cuanto al finiquito, la empresa te tiene que pagar los días que tengas trabajado el mes en el que se produce la extinción del contrato de trabajo así como la parte proporcional de las pagas extraordinarias si estas no están incluidas en el salario mensual mas, la parte proporcional de las vacaciones que te queden por disfrutar que corresponden a 2,5 días por mes trabajado.. De todas formas en esos dos enlaces que te dejo a continuación tienes toda la información que necesitas conocer sobre los requisitos para acceder al subsidio de desempleo. Espero que la respuesta te sirva de ayuda.. No se te olvide finalizar la pregunta gracias..

http://www.citapreviainem.es/subsidio-parcial/

Muchas gracias nuevamente, perdona que sea tan pesado, pero ¿la jornada completa se consideran 40 horas semanales? ¿entonces por 30 horas semanales cobraría 319€? Gracias.

Como la jornada laboral en España es de 40 horas semanales y tu as trabajado durante 30 horas a la semana a la cuantía delos 426 euros del subsidio le tienes que restar el 10% y la cuantía restante es la que te corresponde de prestación 319 € ..

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas