Contratamos una empresa de asistencia y ahora recibo una multa de 10.001€.

Hace unos meses mi abuelo fue víctima de un atropello y después de salir del hospital necesitamos poner una chica unas horas en casa para que le ayudará.

Para ello contactamos con una empresa dedicada esto la cual nos envió una chica. A los 6 meses recibimos un email de un inspector de trabajo donde nos informa que ésta no está dada de alta en la SEGURIDAD, SOCIAL y además esta cobrando el desempleo y que ha existido convivencia por nuestra parte.

Lógicamente nosotros no teníamos ni idea ni de una cosa (que no estaba dada de alta) ni de la otra (cobraba el paro mientras trabaj en nuestra casa).

El caso es que ahora hemos recibido una propuesta de sanción de 10.0001€ además de devolver solidariamente los meses que el trabajador haya cobrado el paro.

Tenemos 15 días para presentar alegaciones.

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Si como indicas contratasteis una empresa de asistencia, ¿entiendo qué tenéis firmado un contrato mercantil para la prestación de servicios de atención personal/domiciliaria, no?

Si, lo que buscaba mi abuelo era eso pero la parecer esta empresa es, como nos explica el inspector, una especie de "gestoría". Se encargan de la selección de personal, alta y bajas de la SS con un paréntesis que pone si se piden por escrito, confección de nóminas ademas de asesoramiento. Ellos han sido los encargados de pagar a la empleada cobrándonos la empresa un recibo. Mi abuelo firma el contrato como empleador.

Si tu abuelo firma como empleador es el responsable de las obligaciones que se derivan del contrato de trabajo. Mi consejo es que presentéis alegaciones a la propuesta de sanción explicando toda la situación con la esperanza de que el inspector rebaje la propuesta de sanción o la archive y que valoréis presentar una demanda ante el juzgado contra la empresa "gestoría".

No obstante, es un caso complejo, puesto que antes de firmar nada deberías haberos asesorado, porqué parece que la empresa actúa de ETT sin serlo y que le han cargado el muerto a tu abuelo.

Eso es exactamente lo que ha pasado. La propia empresa es la que debía haber hecho como asesora. Advirtiendo en su caso a mi abuelo, que no había pedido dar el alta por escrito y que debía hacerlo para no tener problemas. Lo que hemos recibido es ya, la propuesta de sanción puesta por el inspector (con el cual ya nos reunimos y explicamos el caso). Las alegaciones van dirigidas ahora a otra persona (jefe de la unidad de inspección).

En este caso se mezclan varios factores y parece un caso complicado.

En efecto, tenéis que presentar alegaciones y os recomiendo que consultéis con un especialista en derecho administrativo (puesto que esta alegación se regirá por el derecho administrativo en 1a instancia) y en función de la respuesta podría llegar incluso a la jurisdicción social.

Muchas gracias. Alguna recomendación?

Lo siento, no puedo recomendarte a nadie.

Mi consejo es que te dirijas al Colegio de Abogados de tu ciudad y solicites información.

Muchas gracias por tu tiempo.

Suerte y si puedes cierra la pregunta.

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