Acto de conciliación

Le quiero comentar que en estos días he llegado a un acuerdo de despido con mi empresa, me acaban e decir que tengo o tenemos que hacer un acto de conciliación para percibir el finiquito y que es bueno tributaria mente para ambos. Que este formulismos nunca había oído hablar de el, es legal, me comenta mi empresa que em estos días me presentan los papeles de despido y del paro, pero que el finiquito al que hemos llegado por acuerdo no me lo darán hasta que se haga el acto conciliación, y que esto tardara unas semanas y después me dan el cheque o ingreso de mi finiquito pactado. Esto es legal se hace habitualmente o tengo que tener cuidado. Es decir firmo los papeles que presenten o no se que hacer, que me recomienda usted muchas gracias de antemano por su tiempo

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Si ha acordado un despido con su empresa, efectivamente la liquidación de las cantidades se hará en el llamado acto de conciliación.

Decirle para aclararle las ideas, que el acto de conciliación no se celebra porque sí. Si no que para que se celebre es necesario que le entreguen a usted una carta de despido y que, una vez recibida esta, se interponga la llamada "papeleta de conciliación" ante el servicio de mediación oportuno. Sólo en este caso se fijará fecha para el acto de conciliación.

Una vez presentada la papeleta, se fijará fecha para el acto, el cual no tardará "unas semanas", sino que suele salir para fechas bastantes prontas. Es decir, que presentada la papeleta, el acto puede celebrarse en 7-10 días fácilmente.

La papeleta de conciliación deberá usted presentarla por medio de abogado. En el acto de conciliación la empresa acudirá y le reconocerá el despido, y en ese momento se fijarán fechas en las que la empresa le pagará la cantidad que le reconoce. Para interponer la papeleta de conciliación y en el acto de conciliación deberá usted estar asesorado por un abogado si no quiere sorpresas, pues cualquier traspiés o descuido, o jugada de la empresa de mala fe, puede costarle a usted la pérdida completa de la indemnización.

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Cuando alguna o ambas partes decide poner fin a la relación laboral la empresa en el momento de producirse la extinción del contrato de trabajo, debe de finiquitar al trabajador y entregarle el certificado de empresa para que este pueda cobrar el paro si reúne los 360 días que se requieren para cobrar dicha prestación, por lo tanto si en el momento de acuerdo por el que se extingue el contrato de trabajo la empresa no te abona lo que te corresponda de finiquito no debes de firmar el mismo o de firmarlo tienes que añadir al lado de la firma no conforme por si acaso después no te pagan lo que te corresponde y tienes que demandar a la empresa por impago o reclamación de cantidad.. Por lo tanto antes de firmar lo que te digan trata de asegurarte de lo que firmas y en que condiciones lo firmas porque ne da que lo que pretende la empresa es de que firmes la conformidad de algo que después te puedes percibir, porque esa historia de que hasta que no se celebre el acto de conciliación no te podrán pagar el finiquito es una burda mentira que no tiene ni pies ni cabeza porque si hay un acuerdo entre las partes la empresa finiquita al trabajador y le entrega el certificado de empresa o le envía al SEPE vía telemática para que pueda cobrar el paro sin necesidad de acudir al servicio de mediación y arbitraje porque a este servicio se acude cuando no hay acuerdo entre las partes porque por eso se denomina servicio de mediación y arbitraje porque es un servicio publico que se pone a disposición del trabajador cundo no es posible un acuerdo entre el empleador y el empleado.. Por lo tanto antes de fiarte da la palabra del responsable de la empres y de firmar algún tipo de documento, informate bien en un sindicato o en la misma inspección de trabajo porque me da que lo que quieren es que firmes la conformidad del finiquito para que después de no pagarte nada no puedas reclamar absolutamente nada al haber firmado el finiquito donde reconoces que as percibido la cuantía que figura en dicho finiquito así que no te hagas caso de lo que te han dicho en la empresa y antes de firmar lo que te proponen informate muy bien porque me parece que con esa clase de argumentos lo que pretende la empresa es dejarte de pagar el finiquito.. Espero que la respuesta te sirva de ayuda, lo único que te pido, es que no dejes de valorar la respuesta como consideres oportuno, pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta muchas gracias y un saludo..

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