Si usted pasó inmediatamente del contrato de construcción al contrato de agricultura sin mediar un tiempo prudencial entre un contrato y otro, estamos ante una modificación sustancial del contrato de trabajo contra lo que ya no se puede hacer nada, pues el plazo son 20 días desde que se produce dicha modificación. Ahora bien, eso no quita para que su antigüedad no sea de 8 meses, sino de 22 años y le liquiden conforme a ello.
El plazo para impugnar ese despido es de 20 días desde que éste se produce. Le recomiendo que ponga el asunto en manos de su abogado. Si usted quiere impugnar el despido por ser improcedente, el plazo es de 20 días y se puede luchar por la indemnización propia del despido improcedente si el despido lo fuera. Para reclamar la cantidad correspondiente al finiquito el plazo es de 1 año desde el momento en que pudiera reclamarlo, pero ahí "sólo" podrá reclamar la cantidad correspondiente al finiquito, no la indemnización por despido improcedente.
Quedamos a su entera disposición para que gratuitamente nos contacte en el 951 71 50 41 o en www.lariosabogados.es y le ampliaremos información sin compromiso.