Estando de baja por depresión y siendo fijo que % de mi salario debo cobrar al final de mes gracias

Bueno eso que soy fijo de mas de 5 años estoy por baja por depresión y si cobraría el 100%

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La cuantía de la baja está vinculada al tipo de contingencia, la depresión es categorizada en la mayoría de los casos como INCAPACIDAD TEMPORAL POR CONTINGENCIAS COMUNES.

Para que tenga una leve idea de como se calcula le expongo la fórmula, ya que para saber la cantidad exacta es necesario documentación donde se aparezcan la Base de Cotización por contingencias comunes.

Para calcular la baja por IT POR CONTINGENCIAS COMUNES, es necesario calcular una base reguladora.

La base reguladora es igual, a la base de cotización por contingencias comunes del mes anterior a la baja entre 30 días si su remuneración es mensual. Una vez obtenida dicha cuantía debe saber como se reparte la prestación.

Los 3 primeros días no se cobra prestación.

Del 4º al 20º se cobra el 60% de la base reguladora, para calcularlo, debería calcular la base reguladora y aplicarle el 60%.

Del 21º en adelante, el 75% de la base reguladora.

No recomiendo que se tome la baja, si realmente no es algo muy grave, o afecte de una manera muy agresiva a su salud. Ya que en ningún momento va a percibir el 100% del salario.

Si quiere unos cálculos más acertados póngase en contacto conmigo mediante:

[email protected] 

pertenezco al gremio del metal y la cosa si es grave gracias por la rapidez y efectividad en la contestación no estoy muy puesto en nominas y cosas así pero si me guías en los pasos donde ver los datos para calcularlo lo mirare a ver que sale pero una de las ideas que me han dado es y no se si es así es que en mi convenio me han comentado que cobraría el 100% pero no lo se si usted lo sabe se lo agradecería...gracias

Requeriría tener conocimiento del convenio colectivo aplicable, su nombre o cualquier dato que me llevara a su lectura.

Sí usted lo tiene, podría leer y comprobar si cobraría ese 100% de la Base Reguladora.

Debe tener en cuenta que el artículo distinguirá entre "contingencias profesional (accidente laboral o enfermedad profesional) y "contingencia común" (enfermedad común).

Su caso es enfermedad común, y para calcular dicha base reguladora sabiendo que percibiría el 100% sería:

BR= Base de cotización por contingencias comunes (del mes anterior a la baja) / 30

Esa base puedes mirarla en la nómina del mes anterior a la baja, es decir, cuando solicites, o te den la baja, te mirarán la base del mes anterior. Si es febrero, te miraran la base de cotización de enero y la dividirán entre 30.

Sí es el 100% cobrarías la totalidad de esa sencilla división, teniendo en cuenta que percibirías la prestación a no disponerse nada distinto en la norma a partir del 4º día de la baja (los tres primeros días no hay subsidio).

Estoy sospechando, que el 100% de la BR, será por contingencias comunes, y no es su caso.

Cualquier duda, [email protected]

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75 % a no se que su convenio se lo mejore

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