¿Despido improcedente si o no?

Mi consulta es la siguiente;
Me contrataron en el año 2003 y desde el 2008 que soy indefinido (llevo 8 años en la misma empresa) . Resulta que ahora piden titulación (licenciatura universitaria) para el año 2014 y yo no dispongo de ella.
Cuando me contrataron como cuando me hicieron indefinido no me pidieron nada de eso "es una nueva ley de empresa como quien dice... Que imagino que sera para quitarse personal de encima".
¿Si me despiden en el 2014 (ya que no tengo tiempo real de hacer una licenciatura) este despido seria un despido improcedente? O me podrían despedir sin más ni más... Y por tanto no me deberían de dar 33 días por año trabajado ( que serian 11 años los que llevaría en la empresa, de los cuales 6 años como indefinido )

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Los empresarios ya pueden poner las excusas que quieren, y firmar toda la clase de contratos en fraude de ley que les de la gana, pero cuando despiden a un empleado sin otro pretexto que el de exigir a un empleado/da una titulación o una categoría profesional que no se corresponde con el contrato con el que se acordó iniciar la actividad laboral o profesional en la empresa sobre todo cuando esa exigencia es del todo imposible por falta de tiempo para realizarla,, a los empresarios no les quedara más remedio que reconocer el despido como un despido improcedente, porque es un despido en el que nada tiene que ver con el incumplimiento grave y culpable del trabajador sino que es un despido a instancias del empresario, y si se buscan cualquiera de las muchas formas que tienen para despedir a un trabajador, cuando se les cite bien en el SMAC en un acto de conciliación o bien ante los tribunales de justicia de lo social, no les quedara más remedio que reconocer el despido como un despido improcedente porque así se lo harán ver los jueces cuando fallen en contra de la decisión de despedir a un trabajador porque les viene bien para sus propósitos.. Pero al final tendrán que abonar la indemnización correspondiente y los salarios de tramitación.. si el contrato tuyo es un contrato para el fomento de la contratación indefinida te corresponderán 33 días por año con un máximo de 24 meses. Y el derecho a la prestación por desempleo..

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