He pedido una excedencia voluntaria a mi empresa por formación, he mandado el comunicado de reingreso y ellos me dicen que no hay vacantes ni las habrá que se ha reestructurado el departamento y que solo habrá una baja de maternidad temporal. Esta semana después de haber recibido la carta han incorporado a otra persona al departamento y a mayores a la persona que va a cubrir la baja temporal. Tengo derecho a reclamar esto, quizá un despido improcedente? Si fuera así tendría derecho a indemnización? O reingreso a la empresa?
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Respuesta de josbian
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josbian, me gustan todos los temas de politica todo lo relacionado con la...
Si as si una vez finalizado el periodo de excedencia y solicitado el reingreso en la empresa, la empresa te responde que su intención es la de no volver a readmitirte en la empresa como se desprende de su respuesta, además de contratar a otra persona para que ocupe el puesto de trabajo que te correspondía ocupar a ti, tienes que demandar a la empresa por despido improcedente puesto que tu as cumplido con los requisitos legales que se requieren para solicitar la reincorporación a la empresa, después de agotado el periodo de excedencia y la empresa a pesar de disponer de una bacante correspondiente a tu categoría profesional a decidido prescindir de tus servicios para contratar en tu lugar a otra persona, por lo que tienes que ponerte en contacto con un sindicato o con un abogado laboralista particular o de oficio que es gratuito, y que puedes solicitar en el colegio de abogados en el juzgado de lo social de tu comunidad para que te informen de todo el proceso necesario para poner una demanda por despido improcedente en el juzgado de lo social y sera una sentencia judicial el que obligue a la empresa a decidir entre la readmisión o la indemnización correspondiente a un despido improcedente cuya cuantía esta en función de el tipo de contrato de trabajo, si es un contrato indefinido ordinario la cuantía es de 45 días por año de servicio en la empresa con un máximo de 42 mensualidades o de 33 días por año de servicio en la empresa y un máximo de 24 mensualidades mas los salarios de tramitación si te corresponden eso ya te lo dirán en la sentencia, pero no te olvides que tienes 20 días a partir de la notificación por escrito de la no readmisión para demandar a la empresa así que no lo demores y ponte a disposición de un profesional del derecho laboral, el lunes sin falta para tramitar la demanda lo antes posible.. Si no necesitas ninguna aclaración ya sabes, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta gracias.. Un salud
Muchas gracias me tu respuesta me ha ayudado muchísimo. Mañana me pondré con ello, a ver si te puedo decir como quedo el tema. Gracias.