Si acuerdo más de 20 días de despido con la empresa, ¿Paga algo el Fogasa o todo la empresa?

Tras varios problemas en la empresa y tras hacerse la situación muy difícil decidí presentar una demanda (papeleta al CMAC). Antes de llegar a juicio, la empresa pretende negociar conmigo y con tal de acabar cuanto antes, estoy dispuesta a ello. El tema es que me proponen pagarme 28 días de indemnización repartidos 20 ellos y 8 el Fogasa. Creo que esto no puede ser porque no creo que el Fogasa quiera hacerse cargo de 8 días pudiendo la empresa pagarme 20. Mi pregunta es: ¿Puede indemnizarme el Fogasa con ocho días si el acuerdo alcanzado con la empresa supera a la indemnización mínima? Si la empresa me paga ya más de 12 días, ¿Cómo puede también pagarme el fogasa? Pretenden presentarlo como un despido objetivo y creo que los topes son 12+8 y no lo veo claro.

Por otro lado, la empresa dice que un 40% de lo que ellos acuerdan pagarme me los pagarían con pagarés, por lo que si no me pagan nunca podría reclamar nada ¿no es así?. ¿Bastaría con que esos pagarés quedaran registrados en el acuerdo de conciliación?

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Con independencia de lo pactado con la empresa, el FOGASA se hace cargo del 40% de la indemnización correspondiente a 20 días por año de servicio, es decir, 8 días.

Además, existe un tope máximo en torno a los 18.000.-€.

Perdona, ¿Esto quiere decir que aunque la empresa pacte conmigo pagarme 28 días, 30, 17, los que sean, el Fogasa siempre me pagará, además, 8 días? Por otro lado, según la página Web del Fogasa el tope está en el doble del Salario mínimo interprofesional, copio textualmente de su web "La cantidad máxima a abonar es una anualidad, sin que el
salario diario, base del cálculo, pueda exceder del doble del
Salario Mínimo Interprofesional, con inclusión de la parte
proporcional de pagas extraordinarias. No obstante, cuando la
extinción del contrato y la declaración de insolvencia o el auto
de declaración del concurso sean anteriores al 15-7-12, ese
límite será del triple del salario mínimo interprofesional, con
inclusión de la parte proporcional de pagas extraordinarias". En este caso el límite de los 8 días sería 7.269,34€ (entiendo que el tope del que tu hablas es por los 30 días). Lo que no acabo de entender es que si se acuerda con la empresa un pago de indemnización de, supongamos, 25 días, ¿cómo se pueden reclamar además al Fogasa los otros 8?.

Tengo miedo de aceptar la propuesta de la empresa y luego no cobrar nada del Fogasa. Porque en mis cálculos incluyo siempre al Fogasa.

La demanda era por incumplimiento grave del empresario y yo demando 45 días, pero estoy dispuesta a llegar a cualquier acuerdo porque llevo 23 años en la empresa y entiendo que tendrán muchas dificultades para pagarme.

Perdona que sea tan pesada y muchas gracias adelantadas.

No eres pesada en absoluto! Entiendo tus dudas.

Mira, el FOGASA no es que abone 8 días más, lo que hace es abonar 8 días, es decir, si el despido es por 20 días el fogasa paga 8, y si se pactan 37, 40 o 5000 días de lo que se pacte el FOGASA lo máximo que va a abonar siempre son 8 días.

Si pactas 25 días, el FOGASA abonará 8 y la empresa 17.

El límite que pones de 7.269,34 se refiere al límite que cubre el FOGASA por cada año de servicio y después existe un segundo límite que establece que en cualquier caso la indemnización no podrá rebasar los 18.173,35 EUROS.

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