Por Favor necesito información sobre los traslados estoy desesperado

Gracias de antemano. Tengo un grave problema, soy
camarero en un pueblo de la provincia de león y, mis jefes han creado
otra sociedad para abrir un nuevo bar en león, de la noche a la mañana
me dijeron de irme para la nueva que tiene en león a unos 60 km de donde
estaba el mi puesto de trabajo,
El bar de león es una sociedad
Totalmente diferente que para la que yo trabajo aunque es de los mismo
dueños, y ellos quieren que yo vaya a león a ese nuevo bar con la
sociedad del bar del pueblo ( no la nueva creada para león) esto lo
hacen porque en principio me querían despedir pero cunado vieron lo que
me correspondía, no están dispuestos a pagármelo. Y de esta manera saben
que me voy a ir de la empresa si me hacen ir.
¿Pueden hacerme
eso aunque sean distintas sociedades? O ¿Deberían liquidarme de la
sociedad actual y darme de alta nueva en la de reciente creación?
Por Favor necesito información sobre los traslados estoy desesperado

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El traslado de trabajadores que no hayan sido contratados específicamente para prestar sus servicios en empresas con centros de trabajo móviles o itinerantes a un centro de trabajo distinto de la misma empresa que exija cambios de residencia requuiere la existencia de razones económicas, técnicas, organizativas o de producción qu justifique dichos cambios o bien contrataciones referidas a la actividad empresarial, es decir contratos de trabajo en los que se contempla la movilidad geografica.. Pero el traslado de centro de trabajo tiene que obedecer a causas economicas tecnicas organizativas o de producción.. Se entenderá que concurren esaslas causas cuando la adopción de las medidas propuestas contribuya a mejorar la situación de la empresa a través de una más adecuada organización de sus recursos que favorezca su posición competitiva en el mercado o una mejor respuesta a las exigencias de la demanda. La decisión de traslado deberá ser notificada por el empresario y popr escrito, al trabajador, y a sus representantes legale si los hubiera en al empresa, con una antelación mínima de 15 días a la fecha de su efectividad. Notificada la decisión de traslado, el trabajador tendrá derecho a optar entre el traslado, percibiendo una compensación por gastos de desplazamiento (Dietas transporte gastos de desplazamiento etc), o la extinción de su contrato, percibiendo una indemnización de veinte días de salario por año de servicio, prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un año y con un máximo de doce mensualidades. La compensación a que se refiere el primer supuesto comprenderá tanto los gastos propios como los de los familiares a su cargo, en los términos que se convengan entre las partes, que nunca será inferior a los límites mínimos establecidos en los convenios colectivos. Pero lo que tienes que tener muy en cuenta es que tu jefe no pueden utilizar la mobilidad geofrafica para provocar tu cese de forma voluntaria y no tener que pagarte la indemnizacion, porque si la empresa no tiene ninguna razon para desplazarte de centro de trabajo fuera de tu ciudad, puedes interponer una denuncia en el juzgado de lo social inpugnando la decision del trasadarte del centro de trabajo de forma que te vuelvan areponer en tus anteriores condiciones de trabajo. De todas formas si no quieres denunciar al dueño del bar tambien pedes solicitar las rescisión del contrato, con derecho a una indemnización de 20 días de salario por año de servicio en la empresa con un maximo de 12 mensualidades, pero lo que no puede hacer el dueño del bar es obligarte a desplazarte de una ciudad a otra diferente sin una causa jstificada y sin comunicartelo pr escrito con 15 dias de antelacion explicandote las causas del traslado y menos aun para trabajar con una persona que no tiene ninguna relacion laboral contigo y menos aun sin tu consentimiento razon de mas para que te pongas en contacto con un sindicato o con un abogado laboralista particular o de oficio para que te asesoren sobre tu situación y si lo crees conveniente para que te ¡Gestionen las acciones legales que tengas que emprender contra la empresa en el supuesto de que no se yegue a un acuerdo entre las partes.. También te puedes acercar a la inspección de trabajo de tu comunidad para que que les pongas en antecedentes y te asesoren sobre lo que tienes que hacer al respecto, pero todo lo que tengas que hacer si dejar de acudir al trabajo hasta que se resuelva el contencioso laboral lla que si te marchas antes de que se resuelva pierdes todos los derechos porque eso se consideraría como un cese voluntario.. Si no necesitas ninguna aclaración, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez .. Gracias y un saludo..

http://www.estatutodelostrabajadores.com/a40-movilidad-geografica/

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