Excedencia por asuntos propios

He estado dos años de excedencia en la empresa por asuntos propios, en junio se me acaba y he solicitado mi reincorporación a la empresa, me han dicho que no hay sitio para mi...¿qué puedo hacer? ¿Tengo qué pedir que me despidan? ¿Puedo obligarles a que me readmitan? ¿Qué liquidación me corresponde?

1 respuesta

Respuesta
1
Esto es lo que dice el Estatuto de los Trabajadores:
El trabajador con al menos una antigüedad en la empresa de un año tiene derecho a que se le reconozca la posibilidad de situarse en excedencia voluntaria por un plazo no menor a cuatro meses y no mayor a cinco años. Este derecho sólo podrá ser ejercitado otra vez por el mismo trabajador si han transcurrido cuatro años desde el final de la anterior excedencia.
El trabajador excedente conserva sólo un derecho preferente al reingreso en las vacantes de igual o similar categoría a la suya que hubiera o se produjeran en la empresa.
Según lo que me cuentas pediste una excedencia de 2 años y ahora no permiten reincirporarte.
Debes notificárselo a la empresa mediante burofax, para que quede constancia de ello, y exigiendo en el mismo respuesta por escrito. Si tenéis representación sindical debes comunicárselo también a ellos, para cuando se produzca una vacante te puedan avisar.
Así mismo debes tener conocimiento de si existen contratos temporales o de ETT, porque si están cubriendo tu puesto con una de esas modalidades, debes exigir tu puesto de trabajo.
Si tienes conocimiento de cualquiera de estas situaciones debes acudir a Inspección de Trabajo a presentar una demanda.
Cuando se solicita una excedencia el contrato queda liquidado. La liquidación es el pago de los días trabajados en el mes que te vas, la parte proporcional de las pagas y las vacaciones no disfrutadas, y se supone que te lo hicieron cuando la cogiste hace 2 años.
Muchas gracias por atenderme. Me queda una última duda: ¿Si ahora la empresa quiere negociar conmigo un despido no me corresponde indemnización alguna? ¿O si no me reincorporan y hay gente ocupando mi puesto puedo ejercitar la acción de despido improcedente por entender que estoy despedida al no reincorporarme? No sé si me he explicado bien, gracias.
La empresa no va a negociar ningún despido porque cuando estás en excedencia voluntaria no tiene obligación, le sale más rentable decirte que no hay puesto para ti y ya está, a esperar que te canses o que estés currando en otro lado y te olvides.
Por eso debes notificar tu deseo de reincorporación e insistir, y si te enteras de que están cubriendo esos puestos demandar, incluso te diría más, si te notifican por escrito que no tienen el puesto y tienes sospechas razonadas que si existen temporales o ETT denuncia directamente en Ispeccion y así por lo menos les obligas a ir ver al Inspector.
Es la forma que tienes para intentar obligarles a buscarte un puesto.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas