¿Debo firmar el finiquito en documentación tras ERE?

Hola, a mi marido le dieron hace dos días la resolucióndel juez donde se extinguía su contrato tras un ERE. Hoy le han dado los papeles para ir al Fogasa y entre ellos estaba:
-Una carta donde el administrador concursal de su empresa certifica lo que le deben en concepto de nóminas no pagadas e incluyendo la cantidad resultante de la nómina y finiquito del último mes trabajado.
-Un documento que recoge este finiquito sellado y firmado por la empresa y pendiente de una firma por parte del trabajador (mi marido)
Quisiera saber si él tiene que firmarlo o no. Yo entiendo que si lo firma reconoce ante el fogasa que lo ha recibido de la empresa y entonces ya no será necesario que este organismo lo pague. Pero claro, si a él no le han pagado ni un duro, no tiene que firmarlo, ¿no?
Muchas gracias, me urge una respuesta si le es posible.

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Cuando recoja el finiquito puede firmar como "recibido" y "pendiente de cobro". Si cobra por transferencia bancaria es fácil demostrar que no ha sido abonado.

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