Maternidad

Buenas tardes.
Tengo unas dudas sobre la baja por maternidad no se si este es el sitio correcto.
Mi caso es el siguiente trabajo para un hosptal publico pero mis contratos son temporales.
Por ejemplo en verano más o menos desde junio hasta septiembre y generalmente en noviembre algunos días, diciembre casi entero y parte de enero. Digamos que las vacaciones de los funcionarios.
El caso es que estoy pensando en quedarme embarazada y dado mi situación pues me tengo que pensar hasta cuando hacerlo.
¿Para poder cobrar la baja maternal al 100% que me aconsejáis? ¿Por qué si el mes anterior a dar a luz no he trabajo el mes completo se vera afectada la cuantía?
¿O si coincide que estoy en paro?
Soy un mar de dudas.
A ver si pueden ayudarme gracias

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No debes preocuparte por la cuantía de la prestación por maternidad, ya que si el permiso de maternidad lo inicias tanto estando trabajando, como estando cobrando la prestación por desempleo, la cuantía será la misma: el 100% de la base reguladora calculada sobre la base de cotización del mes anterior al parto (o de cuando trabajabas si estás en desempleo), durante 112 días.
Buenos días:
Una aclaración: pero en el caso de que mis últimos contratos hayan sido por ejemplo; en un mes: un contrato de una semana, una semana sin trabajo y de nuevo otro contrato de otra semana, ¿no ser verá afectado en la cuantía?
Otra duda que tengo es que si en el caso de tener un mal embarazo y mientras estoy de contrato tengo que coger la baja, y estando de baja finalizase mi contrato ¿qué pasaría? ¿Me pagaría la mutua o la SS? ¿Me descontaría del paro? ¿Se vería afectada la cuantía?
Un saludo y gracias por su ayuda.
No se verá afectada la cuantía por tus contratos temporales, independientemente de la duración de los mismos, por la forma de calcular la prestación.
Si estando trabajando pasas a IT y se extingue el contrato, continuarías cobrando la IT en la cuantía a la que tuvieras derecho de prestación por desempleo, descontando de la prestación de desempleo el tiempo en IT, la gestión la realizarás entre el INEM e INSS o mutua (en función de con quién tenga la empresa contratadas las contingencias).

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