Derechos de paternidad

Dentro de como mucho 3 semanas voy a ser padre. En la empresa en la que trabajo, supongo que tendré los 15 días que me corresponden,, pero en mi caso, día que no trabajo por lluvia o cualquier otro motivo, es día que no cobro, por lo que supongo que no me pagaran nada por estos 15 días que me corresponden por ley, siendo así, que solo me cojeré los días que mi mujer este en el hospital, ya que no me puedo permitir no cobrar esos días.
Si mi contrato está así, en le que se incluye todo en la hora, ¿me tienen que pagar por estos 15 días o los días que no acuda a trabajar no cobraré nada?
Otro tema relacionado con mi futura y próxima paternidad, es que desde que llevo en la empresa, casi 2 años, siempre he estado más o menos cerca de casa, como mucho a 1 hora de camino, pero desde hace unas semanas, que saben que mi mujer en cualquier momento puede dar a luz, me mandan a trabajar a otra provincia, a más de 2 horas de camino de mi casa, como no le encuentro explicación es esto, supongo que me están puteando para que me vaya de la empresa.
Se que cerca de mi población hay más trabajo, por que compañeros míos están trabajando cerca. Yo tengo derecho a pedir si es posible que me cambien de grupo de trabajo, uno que esté más cerca de mi casa para el día que mi mujer tenga que dar a luz estar lo antes posible junto a ella, ¿o por el contrario no tengo ningún derecho a pedir que me trasladen más cerca?

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Debe solicitar la baja por partenidad en el INSS de su ciudad. Le envío el enlace para que lo mire:
http://www.seg-social.es/Internet_1/TramitesyGestiones/PrestaciondePaterni51457/index.htm
No entiendo porque no le abonan los días que no trabaja por llucia o cualquier otro motivo, como ud. dice. Si me pudiera ampliar la información para intentar ayudarle se lo agradezco.
Respecto al traslado a otro centro de trabajo, entiendo que debería de solicitarle a la empresa por escrito que le retorne a su centro de trabajo, aunque habría que analizar si ese traslado correspondería o no y si deberían de abonarle algún plus y si se pueden considerar horas extras o no.
Si es de Asturias y quiere ponerse en contacto con mi despacho, llámeme al 985 20 83 77.
Gracias por tu respuesta.
Mire, yo trabajo en la construcción, en este tipo de empresas va todo incluido en la hora, vacaciones etc... así que día que no trabajo por lluvia o las vacaciones no las cobro.
Mi pregunta es saber si aun teniendo ese tipo de contrato en que entra todo en la hora, si tengo derecho a los 15 días de paternidad y al cobro de los mismos.
Con lo que me refería a que en esta situación me manden más cerca de mi población, es que al trabajar en la construcción, hay diversas obras cerca, y justamente ahora me mandan a otra provincia, yo lo que quería saber es si tendo derecho a pedir que por lo menos durante este mes me dejen trabajando más cerca, o por el contrario no tengo ningún derecho y si por una de aquellas mi mujer se pusiera de parto, me costaría mucho llegar a mi casa y puede que me perdiera el nacimiento de mi hijo.
Espero haberme explicado mejor. Un saludo.
Por su puesto que tiene derecho a los días de parternidad, son independientes del contrato de trabajo, y a su cobro. Y, en su lugar, le solictaría por escrito a la empresa el trabajo en una obra más cercana a casa dada la situación.

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