Remuneración de vacaciones con reducción de jornada

Buenas noches, mi consulta es la siguiente: soy educadora infantil, llevo desde septiembre del año pasado trabajando en una guardería con contrato fijo discontinuo, comencécon cuatro horas, pero a los 14 días me ampliaron el contrato a seis horas diarias. La semana pasada me comunico mi jefa que iba a volver a reducirme la jornada a cuatro horas, y lo único que me preocupa es como se me van a pagar las vacaciones que todavía no he disfutado. Solo he disfrutado 6 días hasta ahora tengo acumulados 20, y me pertenecen 40 anuales, la empresa me ha dicho que me serán pagadas con el sueldo que tenga a partir de marzo (4 horas), aunque las haya acumulado con sueldo de 6 horas, ya que las vacaciones las tengo solicitadas en mayo, pero no me parece justo. ¿Tengo derecho a que me las paguen con el sueldo con el que las acumulé? ¿O tiene razón la empresa? Gracias.

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Tienes derecho a cobrarlas en proporción al tiempo trabajado a lo largo del periodo de devengo de las vacaciones y no en función de la jornada reducida que tengas en el momento del disfrute.
También tienes derecho a negarte a las modificaciones de jornada de trabajo, porque se consideraría una novación del contrato de trabajo.
Muchas gracias por resolverme las dudas. ¿Te importaría indicarme en qué decreto o normativa se recoge esto que me dices? Es para poder demostrar en la empresa que no tienen razón, ya que sino me temo que seguirán con su postura.
El art. 12.4.e de la LET establece que no se podrá imponer el cambio de jornada inicialmente pactada, simplemente con esto ya no te hubiera surgido la duda porque no habrían cambiado las condiciones que dieron origen a la misma.
Respecto al cálculo no está legislado, tendrías que buscarlo en jurisprudencia.

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