Contrato 402: Comunicación y Continuidad

Hoy 16/11/2010 finaliza mi contrato 402 (duración total: 6 meses).
No me han informado de qué hacer mañana o de qué derechos tengo. Tampoco me han comunicado que vayan a rescindir de mí.
¿He de venir a trabajar?, ¿Se me renueva automáticamente el contrato?, ¿Qué opciones de contrato hay para que me sigan contratando?, ¿Es necesario que me informen de la no continuidad?, ¿Y de la sí continuidad?
(Mujer, 28 años, titulado superior, convenio ingenierías madrid)

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Mediante la claves 402 se identifica los contratos de trabajo a tiempo completo, formalizados al amparo del artículo 15.1.b) del Estatuto de los Trabajadores.
Este tipo contrato tendrá una duración máxima de seis meses dentro de un período de doce meses.
Este contrato se transforma en indefinido, salvo prueba en contrario que acredite la naturaleza temporal de la prestación: Si llegado el término, el trabajador continuara realizando la prestación laboral. Que parece ser tu caso.
Asimismo, a la finalización del contrato, el trabajador tendrá derecho a recibir una indemnización de cuantía equivalente a la parte proporcional de la cantidad que resultaría de abonar ocho días de salario por cada año de servicio, o la establecida, en su caso, en la normativa específica que sea de aplicación.
Espero haberte ayudado y quedo a tu disposición para cuantas aclaraciones requiera

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