Una trabajadora se presenta en la empresa con la Guardia Civil tras ser despedida e indemnizada

Hemos despedido a una trabajadora reconociendo la improcedencia en la misma carta de despido, la trabajadora se ha negado a firmar la carta y han firmado 2 trabajadores como testigos de que la empresa hizo el intento de entregarle la carta y la trabajadora se negó a firmarla. A las 48 horas hemos consignado la indemnización en el Juzgado de lo social. Al 3er día del despido la trabajadora se presenta en el centro de trabajo uniformada y acompañada por la Guardia Civil, dejando constancia de que se le niega la entrada al centro alegando la empresa que está despedida desde hace 2 días, a lo que ella responde mintiendo que no se le ha comunicado nada. ¿Podemos tener problemas con esta trabajadora, pues seguramente ponga demanda ante SEMAC y juzgado por despido nulo por falta de forma escrita? ¿Debemos ingresar la liquidación en Juzgado para que no nos reclame el 10% de recargo, o es mejor hacerlo por transferencia bancaria como siempre se le ha pagado el salario?. Gracias.

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Te recomiendo que consignes en el juzado la indemnización, el finiquito y la nomina. Y que sea el juzgado quien se ocupe de pagarle todo.
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Un saludo
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Nos recomienda también que para los próximos despidos improcedentes cuando consignemos la indemnización en juzgado, ¿consignemos también el mismo día el finiquito?
¿Y qué ocurre con la no firma por parte de la trabajadora de la carta de despido? ¿No es válida con la firma de los testigos? ¿Podría declararse el despido nulo por falta de forma escrita?. Gracias.
Lo que dice la ley es que debes comunicar al trabajador el despido, con un plazo de preaviso de 30 días, si tienes testigos entiendo que se dará como bueno, dependería del criterio del juez.
Para los despidos es mejor que siempre consignes indemnización, finiquito y nomina en el juzgado, así te ahorras muchos problemas.
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