Preaviso dimisión

Me gustaría saber si debe existir un preaviso por parte del trabajador en el caso de dimisión de un trabajador con una antigüedad de 2 meses en la empresa y un contrato indefinido.
Me gustaría saber en que artículo del Estatuto de los trabajadores podría ver esto o en otra ley.

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El plazo de preaviso en caso de dimisión se establece en el art. 49 d) del Estatuto de los Trabajadores que dice:
Por dimisión del trabajador, debiendo mediar el preaviso que señalen los convenios colectivos o la costumbre del lugar.
Así pues tendrás que consultar tu convenio para ver el plazo de preaviso que establece.
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En principio el Estatuto de los trabajadores indica que la obligatoriedad de dar preaviso por parte del empresario al trabajador será para aquellos contratos con duración superior a un año. En estos casos, deberá preavisarles con 15 días de antelación. Estos plazos son aplicables a los trabajadores. Por lo tanto, llevando 2 meses en la empresa no existe obligación de preavisar con 15 días.

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