Vacaciones legales

Llevo trabajando 3 años en una empresa en la que no dan el mes de vacaciones, esta estaba acogida al convenio de despachos y oficinas de málaga y según me dijo su asesor, como el convenio estaba derogado, nos acogemos al estatuto de los trabajadores. El primer año nos pusieron una jornada intensiva de 9 a 2 y nos dieron una sola semana de vacaciones, el segundo año propusimos hacer una hora más para que nos dieran dos. ¿Tenemos derecho a tener nuestro mes de vacaciones a pesar de la jornada intensiva? Tengo entendido que en tema de oficinas se hace jornada intensiva y sigues teniendo derecho a tu mes de vacaciones. Quiero hablar con los jefes y saber a que acogerme.

1 respuesta

Respuesta
1
1- No se puede escoger el convenio sino que se aplica el obligatorio según la actividad de la empresa. Quiero decir que es posible que el convenio no sea el de Oficinas y despachos y ellos lo saben. Si me dices a qué se dedica tu empresa te digo el convenio.
2- Aunque sea el convenio de oficinas y esté finalizado, en todos los convenios que conozco (y son unos cuantos) siempre hay una cláusula por la que se prorroga automáticamente de año en año cuando finaliza.
3- Aunque fuera cierto que no tiene la cláusula de prórroga, por el Estatuto de los Trabajadores la jornada máxima es de 40 semanales de promedio y siempre hay, en todos los casos, al menos 30 días naturales de vacaciones al año, por el artículo 38 del mismo. Si es la empresa la que decide que se hacen menos horas es su problema. La jornada máxima no se puede sobrepasar, pero no es obligatorio alcanzarla.
4- No tienes que darle clases de derecho a tus jefes. No sólo te deben vacaciones de este año sino además del pasado. Si ellos creen que tienen razón no tendrán problema en que se lo comuniques a la inspección de trabajo.
Puedes estar seguro de que todos y cada uno de los puntos que te acabo de contar los saben en la empresa de sobra. Mientras os puedan seguir tratando como a tontos y os dejéis...
Suscríbete gratis a Laboro para recibir por email las novedades sobre derechos de los trabajadores.
La empresa se dedica a la Administración de Fincas, ruego me termines de aclarar si es que hay algo más, me ha quedado todo bastante claro, no es menos de lo que imaginaba. Muchas gracias por todo.
Y si me gustaría que me asesoraras sobre a que convenio pertenezco para leerlo y saber con exactitud mis obligaciones y derechos. Gracias
Pues sí, es oficinas y despachos y parece que es cierto que en Málaga no hay convenio. http://www.adn.es/local/malaga/20090122/NWS-0366-Malaga-empleados-despachos-convenio-oficinas.html
Pero eso no quita que tengáis en cualquier caso, sea cual sea vuestra jornada, 30 días naturales de vacaciones al año. Además este es un derecho irrenunciable. Es decir que se tienen sí o sí. Jamás se pueden compensar con dinero ni reduciendo la jornada. Simplemente puedes poner una demanda a la empresa de solicitud de vacaciones con dos meses de antelación a la fecha en que las deseas. Es un juicio rápido y sin abogado. Será gracioso ver a tu jefe explicarle al juez su teoría por la cual no tenéis vacaciones. De paso una denuncia ante inspección con el objetivo de que no solo le sancionen sino de que estés protegido contra despido mientras se resuelve esta denuncia, que suele tardar unos 9 meses.
No olvides puntuar y finalizar la pregunta.
Muchísimas gracias por tu asesoramiento. La mayoría de las personas no solemos llevar esto tan lejos de denunciar, pero me quedo más tranquila sabiendo mis derechos a la hora de ponerle las cosas claras al jefe. Gracias de verdad.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas