Niegan mi incorporarme a mi puesto de trabajo, ¿Qué hago?

Mi problema es que tras una incapacidad temporal, con una prorroga de 6 meses, (en total 18 meses) me dieron el alta, recurrí ese alta y se me abrió un expediente de incapacidad permanente, el cual se dejo en suspenso la resolución por otros 6 meses más por estimar el INSS que podría mejorar en ese transcurso de tiempo; es decir que llevo 24 meses de baja.
Ayer, 19 de abril de 2010, me llego la carta denegándome la prestación de la IP cuya resolución se llevó a cabo el 30 de marzo, es decir, que llevo de alta desde ese día y me tengo que reincorporar hoy día 20, de abril, a mi puesto de trabajo.
Hoy me he presentado en mi puesto de trabajo y me han negado la incorporación porque dicen ellos que no tienen constancia de que yo este de alta.
Me he llegado a la delegación del INSS de mi provincia, para pedir un certificado de que estoy de alta, el cual me han negado; me dicen también que como estoy de alta desde el 30 de marzo, se me ha acabado el plazo para pedir la prestación por desempleo y que para poder cobrar dicha prestación tendría que justificar el día que se me comunicó, el cual se justifica con el acuse de recibo que debe recibir el INSS y que tarda en estar disponible 20 días, lo cual me deja de nuevo fuera de plazo para pedir la prestación; y para colmo de males me dicen que mi empresa esta inactiva por falta de personal desde el 31 de enero de 2010.
He acudido a los sindicatos y me han dicho que mañana vendrán conmigo a mi, supuestamente, lugar de trabajo, el cual sigue abierto, facturando, pero con empleados de otra empresa, de la cual es accionista también mi propio jefe.
Agradeciéndote tu atención por adelanto, mi pregunta es ¿qué puedo hacer?

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Cololoco un poco enrevesado tu tema pero tratare de orientarte con la información que me das. Tal y como veo las cosas por la información que me das puedes intentar dos cosas:
Primero. Intentar conseguir la prestación por desempleo, para ello deberías presentar reclamación previa para recurrir la denegación de la prestación de desempleo, ya que si a ti te comunican el alta el día 19 de Abril, el Servicio Público de Empleo no puede denegarte la prestación acogiéndose a que la fecha de efectos del alta es del día 30 de Marzo y que por tanto se te ha acabado el plazo de 15 días para solicitar la prestación. Si dicha reclamación no fuese estimada deberías presentar una demanda judicial por prestaciones.
Segundo. Si la empresa a la que pertenecías sigue funcionando con otro nombre pero con el mismo propietario. También podrías reclamar la reincorporación a tu puesto de trabajo a dicha empresa y a aquella a la que pertenecías en un principio, por ser ambas responsables solidarias conforme a lo establecido en el art. 44 del Estatuto de los Trabajadores que habla de la sucesión de empresas.
Te envío la dirección de mi blog particular donde podrás encontrar más información relacionada con el derecho laboral y la prevención de riesgos laborales:

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