Sobre el baja/alta INSS, reincorporación a la empresa

Mi consulta es que pasado el control del INSS (no era el tribunal medico) sino el de los 12 meses en Marzo 2010 me dieron una prorroga máxima de 6 meses por posible mejoría, el siguiente control lo tuve el día 31/05/2010 y hace poco he recibido una carta con la resolución del INSS informándome que tengo el alta desde el día 09/06/2010, para empezar dicha carta me llega por correo certificado el día 14/06/2010 con el consiguiente problema que conlleva el no haber avisado a mi empresa ya que tengo una sanción de 5 días y la única forma de solucionarlo ha sido con mis vacaciones y aparte ellos me comunican que tampoco les ha llegado notificación de mi situación de alta, continuando con la resolución se me informa como he dicho antes que se emite el alta médica, la cuestión es que como te e dicho antes yo tuve la revisión en el INSS el día 31/05/2010, no pude llevar informes médicos porque tenía revisión en traumatología el día 02/06/2010 se lo explique al médico que me atendió y me dijo que no había problema, y tampoco me dijo que hubiese que enviarlo por fax, solo me dijo que ya llegaría una contestación mediante correo, en la cita con el cirujano de traumatología el 02/06/2010 redacta un informe médico en el que se dice que no es aconsejable adoptar posturas estáticas de forma mantenida y el problema es que trabajo como telefonista, es decir trabajo 8 horas manteniendo una postura estática sedentaria, por otra parte se me envía a la unidad de dolor la cual he tenido cita el día 16/06/2010 y me envían el siguiente tratamiento: Lyrica de 75mg 1 cada 8 horas, antiinflamatorios y una nueva resonancia magnética y teniendo una nueva cita en la unidad del dolor el día 21/10/2010 para revisar la evolución de este tratamiento y estudiar nuevos tratamientos y quedando para una nueva revisión en las consultas de COT, lo que yo he hecho es intermoner una reclamación en el INSS para que me den nuevamenete la baja pero claro yo de momento estoy de alta y ahora mismo estoy consumiendo mis vacaciones de este año exactamente 15 días y ya se acaban el día 24/06/2010 por consiguiente tengo que reincorporarme a la empresa el día 25/06/2010 pero claro no estoy en condiciones para trabajar ya que no soporto estar sentado más de 1H y evidentemente 5min de descanso cada hora para estirar las piernas no es suficiente, la cuestión es ¿qué puedo hacer? Ya que estoy a la espera de la contestación de mi reclamación y no se cuando me contestaran por lo tanto tendré que trabajar a partir del día 25 y casi seguro que a los dos días tendré que ir al medico a que me den nuevamente la baja (aunque claro esto también me gustaría que me lo aclarasen ya que no se si podría pedir nuevamente la baja en la seguridad social por la misma patología o que puedo hacer), e intentado hablar con mi empresa para negociar una baja pero claro no están dispuestos a indemnizarme solo a darme los papeles para el paro y me he planteado el tema de una excedencia para así esperar la resolución de la reclamación pero el problema es que la excedencia es por un mínimo de 4 meses y es demasiado tiempo, ¿qué podría hacer que solución podrían darme?.

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Poco te puedo decir. Como a tantas personas os dan un alta sin estar en condiciones. Sólo te queda esperar a la resolución que toma el INSS, nada más: Mientras tanto sólo te queda el acudir a trabajar o intentar negociar con la empresa, que por lo que veo, no creo que lleguéis a ningún acuerdo. Siento no poder decirte nada más pero la Ley es la ley y no te queda más remedio que esperar.
No olvides puntuar y finalizar.
¿Ya me lo suponía... y me aconsejarías irme a una asesoría jurídica para conseguir negociar con la empresa? ¿O crees que seria una perdida de tiempo?
Muchas gracias por contestar
A las empresas no les gusta que metas a alguien "legal" de por medio. Intenta hacerlo tú y como último término acude a la asesoría.
Nuevamente gracias por tu rápida contestación. Ya por ultimo me gustaría consultarte lo siguiente, he ido al medico le he explicado un poco todo y me ha dado la baja por depresión, he ido a llevar la baja a la empresa y me dicen que no cobrare nada por esa baja, ¿es eso correcto?
Un Saludo y gracias por tu ayuda
No, la empresa te tendrá que pagar lo que le corresponda. Como es por Enfermedad Común será lo siguiente:
Los primeros 4 días: No cobrarás nada.
Del 4 al 21: el 60% de la Base de Contingencias Comunes
Del 21 en adelante (hasta el final): El 75% de la Base.
Ellos ese dinero se lo descuentan de los Seguros Sociales, es decir que al final quien te paga a ti es el INSS.
Gracias por tu rápida contestación, siento ser pesado, te digo exactamente lo que me dijeron a mi, que al llevar un año y cuatro meses de baja pues no he cotizado nada así que no me pagaran la baja, me dicen que tendría que tener cotizados 180, por eso te preguntaba si era cierto que no iva a cobrar la baja.
Siento las molestias pero me gustaría dejar todo aclarado y de verdad un millón de gracias me esta siendo de gran ayuda tu información.
Un Saludo.
Pero bueno, ¿cuánto tiempo llevabas trabajando en la empresa?
Pues desde febrero 2008 y la fecha dela primera baja fue el en Febrero 2009
Un saludo y gracias por contestar
Entonces llevas cotizados en la empresa más de 180 días. El hecho de que hayas estado de baja, no quiere decir nada, tú sigues cotizando y dado de alta en la empresa.
Si te ves muy agobiado ponte en contacto con un abogado especialista en Incapacidad Temporal. Estoy segura que te ayudará en cada paso que des.
Suerte y saludos!
Muchísimas gracias por su atención y por dedicarme un poco de su tiempo, seguiré su consejo y me iré a un abogado labolarista.
Un saludo

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